La Procuraduría General de la República explicó, a través de una nota de prensa, que el tribunal norteamericano determinó que ninguna de las excepciones de la FSIA aplica a los alegatos de los demandantes, ya que es la única fuente jurisdiccional para los reclamos entre ciudadanos extranjeros y soberanías extranjeras.
Por tanto, la Corte desechó los reclamos de los galenos antillanos -que prestaban sus servicios a través del Convenio de Cooperación Cuba-Venezuela- quienes pedían una indemnización al Estado venezolano por supuestos trabajos forzosos y trata de personas.
Esta decisión confirma el fallo dictado a favor de la República por la Corte del Distrito Sur del estado de Florida, que se declaró incompetente para conocer la causa en atención a la inmunidad soberana del Estado venezolano y a la falta de jurisdicción por parte de un tribunal extranjero, para juzgar a Venezuela.
AVN