Así lo aclaró el Superintendente Nacional Aduanero y Tributario, José David Cabello Rondón, quien detalló que las firmas personales, es decir, aquellos ciudadanos que se dedican a una actividad comercial de forma independiente y sin relación de dependencia, están obligados a declarar el ISLR cuando obtuvieron ingresos brutos anuales mayores a 1.500 Unidades Tributarias, que para el ejercicio fiscal 2015 equivale a 225 mil bolívares.
Para ello, explicó la máxima autoridad del SENIAT, deberán ingresar al Portal Fiscal www.seniat.gob.ve con su usuario y clave como Persona Natural y colocar la opción “no asalariado territorial”.
De esta manera se despliegan las pantallas que le permiten incluir los ingresos obtenidos por ventas o prestaciones de servicios, así como deducirse los costos y gastos incurridos durante el ejercicio fiscal que estén declarando.