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viernes, 28 de enero de 2011

Publicada en Gaceta Oficial la Ley de Atención al Sector Agrícola

La Presidencia de la República promulgó el Decreto con Rango valor y Fuerza de Ley de Atención al Sector Agrícola, el cual establece la condonación de deudas a los productores, campesinos y pescadores, que resultaron afectados por las lluvias registradas en el país durante el último trimestre del año 2010.

Así lo establece el decreto 8.012, publicado en Gaceta Oficial número 39.603 de fecha jueves 27 de enero de 2011.

El texto establece que serán beneficiadas las personas naturales y jurídicas que recibieron créditos agrícolas para la siembra, adquisición de insumos, maquinarias, equipos, semovientes, construcción y mejoramiento de infraestructura, reactivación de centros de acopio y capital de trabajo, para la producción de cereales, frutas, hortalizas, raíces y tubérculos, granos y leguminosas, textiles y oleaginosas, cultivos tropicales, pecuario y pesca.

La reestructuración o condonación total de la deuda se concederá a las personas que hayan solicitado créditos a través la banca pública y privada, así como en el Fondo para el Desarrollo Agrario Socialista (Fondas).

Aquellos productores que serán beneficiados con la reestructuración tendrán un plazo máximo de 10 años para cancelar el financiamiento con una tasa de interés fijada por el Banco Central de Venezuela (BCV).

Asimismo, la Gaceta establece la creación del Fondo Agrícola Temporal de Emergencia con un aporte de 100 millones de bolívares para los rubros cacao y plátano, mientras que las hortalizas y otros cultivos recibirán 50 millones, respectivamente.

Este financiamiento será aportado por el Fondas y el Banco Agrícola de Venezuela (BAV). Para ello, ambos organismos adscritos al Ministerio del Poder Popular para la Agricultura y Tierras (MAT), serán responsables de realizar las evaluaciones para determinar la indemnización o el monto de financiamiento a los productores de cacao, plátano, hortalizas y demás cultivos.

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