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sábado, 19 de julio de 2014

Se fijan los porcentajes de la cartera de créditos dirigidas al sector manufacturero

Por medio de una resolución del Ministerio para Industrias, de Economía, Finanzas y Banca Pública publicada en la Gaceta Oficial 40.457 se fijan los porcentajes de cumplimiento de la cartera de créditos dirigidas al sector manufacturero.
 
En el documento se oficializa que el financiamiento de actividades vinculadas al sector productivo de las operaciones y proyectos del sector manufacturero deberá ser un “monto no menor al equivalente al 10% sobre el cierre de la cartera de crédito bruta al 31/12/2013″.
 
Asimismo en el artículo 2 precisa que el porcentaje de medición y cumplimiento de la cartera manufacturera deberá ajustarse al siguiente cronograma: periodo 1 que lleva al 30/09/2014, 8% y periodo 2 al 31/12/2014, 10%.
 
La resolución de la gaceta que circuló este sábado acota las actividades del sector que podrán ser beneficiadas por medio de esta norma crediticia.