Según la gaceta 39.593, el BCV ordenó la liquidación de dólares a 2,60 a algunos solicitantes para los conceptos del artículo 1 del Convenio Cambiario 14, el artículo 3 del Convenio Cambiario 15 y 1 del Convenio Cambiario 17.
El BCV aclaró que liquidará a 2,60 las solicitudes que cumplan con los artículos de los convenios mencionados si fueron solicitados por CADIVI al ente emisor antes del 31 de diciembre de 2010.
No hay comentarios:
Publicar un comentario