Los venezolanos pensionados por el Instituto Venezolanos de Seguros Social (Ivss) deben ser considerados en la emisión y entrega de la tarjeta de débito, según lo estipula la Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario en una circular emitida a las instituciones bancarias.
En nota de prensa, la superintendencia refiere que dicha decisión está amparada en los dispuesto a los numerales 14 y 23 del artículo 172 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza deLey de Reforma Parcial de la Ley de Instituciones del Sector Bancario.
También estipula que las tarjetas de débito podrán ser requeridas por el pensionado a partir del 1 de abril de 2013 en cualquier sucursal o agencia de los bancos donde el asegurado tenga asignada su pensión, según el cronograma que establezca cada institución bancaria para tal fin, el cual debe ser notificado esta Superintendencia a más tardar el 15 de abril de los corrientes.
El organismo destacó que las operaciones realizadas con la tarjeta relaciones a la cuenta del pago de Ivss no estarán sujetas al pago de comisiones, de acuerdo al BCV. La entidades bancarias tampoco podrán restringir, negar o condicionar el uso de las taquillas, así como el uso de cajeros automáticos o multifuncionales.
El modo correcto del uso de estas tarjetas para los pensionados deberá ser informado con campañas informativas.
Con información de Globovisión