Adicional al año de plazo que se otorgó al sector laboral para ajustar sus jornadas a 40 horas semanales y reorganizar sus horarios de trabajo, se estableció un lapso de mes y medio más antes de aplicar las sanciones correspondientes, que van de entre 30 y 60 unidades tributarias.
Detalló que mediante esta iniciativa los inspectores acuden sin previo aviso a las empresas para constatar que en efecto haya sido reducida la jornada laboral de 44 a 40 horas semanales, en los turnos diurnos; a 35 horas, en el nocturno, y a 37 horas y media, en la jornada mixta.
Además, las empresas deben colocar a la vista del trabajador, en un cartel informativo, los turnos de la jornada diaria y la hora de descanso correspondiente.
"Esta primera visita es para hacer el ordenamiento. No habrá sanciones. Pero ya en la segunda etapa del plan de inspección toda empresa que no haya acondicionado los horarios al límite establecido en la norma estará sujeto a sanción", señaló.
Colmenares especificó que la etapa de sanciones comenzará en mes y medio. Por lo tanto, exhortó a las empresas e instituciones ajustarse a la ley, cumplir con el otorgamiento de los amplios beneficios que otorga la ley a los trabajadores y de esta manera incrementar la productividad en sus áreas de trabajo.
Al respecto, destacó: "Todo trabajador debe gozar de dos días de descanso. Un trabajador descansado, con dos días para compartir con su familia, con su su comunidad, va a ser más productivo".
Otro aspecto que destacó el viceministro y que será motivo de inspección y de sanción, en caso de que corresponda, es que la reorganización de horarios por la reducción de la jornada laboral no permite ni establece la reducción de sueldos y salarios.
Recordó la disponibilidad de la línea 0-800-TRABAJO (0-800-8722256) y de las 74 inspectorías del país para la atención y orientación de los trabajadores y patronos que aún tengan dudas acerca de la aplicación de la nueva Lottt.