De acuerdo con una resolución del Banco Central de Venezuela, publicada este lunes en la Gaceta Oficial, las instituciones bancarias que participen en el mercado cambiario deberán mantener un encaje mínimo de 21,5 % de la base de reserva de Inversiones Cedidas.
El BCV define estas inversiones cedidas como "la cesión de derechos de participación sobre títulos o valores efectuada por las instituciones bancarias, independientemente de la forma en que se contabilicen en su balance".
La resolución divulgada por el BCV ordena en su artículo 15 que, salvo las instituciones microfinancieras y bancos en proceso de transformación, las instituciones bancarias deben mantener un encaje mínimo de 31 % del monto total correspondiente al saldo marginal.
Por otra parte, el BCV dispuso que las instituciones bancarias deberán mantener un encaje especial de 1 % del monto de los activos crediticios e inversiones en valores que tengan.