( Prensa AN).- Durante la sesión extraordinaria de la Asamblea Nacional, sancionaron este martes, la Ley de Creación de la Comisión Nacional de Derecho Internacional Humanitario, la cual tiene por objeto crear y regular la integración, funciones, organización y demás normas relativas a la Comisión Nacional de Derecho Internacional Humanitario como instancia de asesoría y promoción del derecho internacional humanitario en Venezuela.
Esta establece que el derecho internacional humanitario es la agrupación de las distintas normas, en su mayoría reflejadas en los Convenios de Ginebra, de 1949, y los protocolos adicionales que tienen como objetivo principal la protección de las personas que no participan en hostilidades o que han decidido dejar de participar en el enfrentamiento, todo ello para evitar o reducir el sufrimiento o padecimiento humano en tiempos de dichos Conflictos Armados, así como en situaciones y hechos conexos.
Con la promulgación de la Ley, se crea la Comisión Nacional de Derecho Internacional Humanitario, que se identificará con las siglas Cndih, como un organismo permanente, que tiene por función principal asesorar, proponer, fundamentar y apoyar al Poder Ejecutivo Nacional, al Poder Legislativo Nacional y demás órganos del Estado, en la adopción, aplicación y difusión del Derecho Internacional Humanitario y en todas las cuestiones relativas a la forma y ratificación o adhesión de los tratados de derecho humanitario, con la consecuente incorporación de estos al derecho interno.
Esa instancia, estará adscrita al Ministerio con competencia en Relaciones Exteriores e integrada por las máximas autoridades de las instituciones siguientes: Ministerio con competencia en Relaciones Exteriores, que la presidirá; Ministerio con competencia para la Defensa, Ministerio con competencia en Educación, Ministerio con competencia en Educación Universitaria, Ministerio con competencia en Relaciones Interiores, Ministerio con competencia en Salud, Procuraduría General de la República, Asamblea Nacional, Tribunal Supremo de Justicia, Defensoría del Pueblo y Fiscalía General de la República.
Los integrantes de la Comisión Nacional de Derecho Internacional Humanitario, designarán un suplente a fin de garantizar la Constitución y funcionamiento de la Comisión. En el caso de los organismos colegiados los suplentes deberán ser escogidos por medio de una terna de candidatos que escojan y aprueben internamente en la instancia superior correspondiente, establece la Ley.