La circulación de cualquier tipo de automóvil y moto alrededor de la Plaza Bolívar de Caracas está prohibida mediante decreto de la Alcaldía de Caracas, informó Luis Lira, jefe de Seguridad Ciudadana de ese despacho.
Indicó que la restricción quedó establecida en el Decreto Oficial 119 de la Alcaldía de Caracas, de fecha 30 de julio de 2010, dictado en el marco de la ejecución del Plan Caracas Socialista.
Según el artículo 12 del texto legal, "queda terminantemente prohibido la circulación de carros y motos dentro y fuera de la Plaza Bolívar, así como en sus adyacencias, salvo los de uso oficial y los así autorizados debidamente por la Alcaldía de Caracas".
En ese sentido, explicó que la permanencia de vehículos sólo es permitida cuando se efectúan actos oficiales dentro de la plaza, por lo cual efectivos de la Policía de Caracas y de la Guardia Patrimonial reforzarán las labores de patrullaje en la zona.
"La ley entra por casa"
En la edición de ayer lunes 21 de febrero se publicó una galería fotográfica en la que se muestran vehículos transitando por los alrededores de la Plaza Bolívar, así como comerciantes informales que expenden diversos artículos en el lugar.
Lira destacó que en su mayoría quienes incumplen el decreto de circulación es un grupo perteneciente a organismos oficiales que transitan por el espacio.
Al respecto, afirmó que la Alcaldía de Caracas como órgano ejecutor de la autoridad enviará a la brevedad posible comunicados escritos a los entes gubernamentales cuyas sedes administrativas están ubicadas en las adyacencias a la plaza, a fin de evitar la circulación de vehículos por ese importante canal de uso peatonal.
La restricción del ejercicio de la economía informal está estipulada, de igual modo en el artículo 6 de la ordenanza sobre el uso de venta de artículos al detal.
"Una Caracas más humana pasa por el hecho de tener espacios para la gente", dijo.
Carlos Mieres, quien transita frecuentemente por la plaza, señaló estar de acuerdo con la medida, pues a su juicio el lugar está diseñado sólo para el uso peatonal.
José Sáez, también transeúnte del lugar, coincidió con Mieres y expresó: "Aquí todos deben acatar la norma pues es por el bien y la seguridad de todos", afirmó.
Sobre la normativa
Art. 11. No se permitirá el tránsito anárquico de cualquier vehículo, ni la instalación de negocios (...).
Art. 16. Los organismos de la Administración Pública Nacional, Estadal y Municipal, así como la sociedad civil, en atención al principio de colaboración de los Poderes Públicos y al de corresponsabilidad, sujetarán su actuación a las directrices establecidas por la Alcaldía a través de la autoridad única para la protección de la Plaza Bolívar de Caracas, dentro de las atribuciones conferidas en el presente decreto. En tal sentido prestarán todo el apoyo y colaboración requerida para el mejor desempeño de sus funciones.
(Ciudad Ccs)
Indicó que la restricción quedó establecida en el Decreto Oficial 119 de la Alcaldía de Caracas, de fecha 30 de julio de 2010, dictado en el marco de la ejecución del Plan Caracas Socialista.
Según el artículo 12 del texto legal, "queda terminantemente prohibido la circulación de carros y motos dentro y fuera de la Plaza Bolívar, así como en sus adyacencias, salvo los de uso oficial y los así autorizados debidamente por la Alcaldía de Caracas".
En ese sentido, explicó que la permanencia de vehículos sólo es permitida cuando se efectúan actos oficiales dentro de la plaza, por lo cual efectivos de la Policía de Caracas y de la Guardia Patrimonial reforzarán las labores de patrullaje en la zona.
"La ley entra por casa"
En la edición de ayer lunes 21 de febrero se publicó una galería fotográfica en la que se muestran vehículos transitando por los alrededores de la Plaza Bolívar, así como comerciantes informales que expenden diversos artículos en el lugar.
Lira destacó que en su mayoría quienes incumplen el decreto de circulación es un grupo perteneciente a organismos oficiales que transitan por el espacio.
Al respecto, afirmó que la Alcaldía de Caracas como órgano ejecutor de la autoridad enviará a la brevedad posible comunicados escritos a los entes gubernamentales cuyas sedes administrativas están ubicadas en las adyacencias a la plaza, a fin de evitar la circulación de vehículos por ese importante canal de uso peatonal.
La restricción del ejercicio de la economía informal está estipulada, de igual modo en el artículo 6 de la ordenanza sobre el uso de venta de artículos al detal.
"Una Caracas más humana pasa por el hecho de tener espacios para la gente", dijo.
Carlos Mieres, quien transita frecuentemente por la plaza, señaló estar de acuerdo con la medida, pues a su juicio el lugar está diseñado sólo para el uso peatonal.
José Sáez, también transeúnte del lugar, coincidió con Mieres y expresó: "Aquí todos deben acatar la norma pues es por el bien y la seguridad de todos", afirmó.
Sobre la normativa
Art. 11. No se permitirá el tránsito anárquico de cualquier vehículo, ni la instalación de negocios (...).
Art. 16. Los organismos de la Administración Pública Nacional, Estadal y Municipal, así como la sociedad civil, en atención al principio de colaboración de los Poderes Públicos y al de corresponsabilidad, sujetarán su actuación a las directrices establecidas por la Alcaldía a través de la autoridad única para la protección de la Plaza Bolívar de Caracas, dentro de las atribuciones conferidas en el presente decreto. En tal sentido prestarán todo el apoyo y colaboración requerida para el mejor desempeño de sus funciones.
(Ciudad Ccs)
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