En la Gaceta Oficial Nº 39.651, fue ordenada la intervención temporal de la sociedad mercantil Viviendas de Salamanca C.A. y la adquisición forzosa de bienes muebles e inmuebles, así como bienhechurías que constituyen o sirven para el funcionamiento de la sociedad mercantil "Distribuidora San Juan, C.A.".
El decreto de la Presidencia de la República Nº 7.860 ordena la adquisición forzosa de la Distribuidora San Juan porque los bienes son "necesarios para la ejecución de la obra "Desarrollo Endógeno del Sector Alimentario del Estado Guárico", obra realizada por la Corporación de Comercio y Suministro Socialista (Comerso).
Esta expropiación comprende dos galpones y los lotes de terrenos sobre los cuales están construidos. También los equipos, materiales, bienes de consumo, implementos de oficina, vehículos y cualquier otro bien adicional, que pertenezca a la distribuidora.
Por su parte, el Ministerio de Vivienda y Hábitat emitió la Resolución 045 donde se acuerda la intervención temporal de la sociedad mercantil "Viviendas de Salamanca C.A.", encargada de la construcción de un conjunto residencial ubicado en Hacienda de Salamanca, en Ocumare del Tuy. Etapas I y II.
Fueron designados como miembros de la junta interventora Carlos Pacheco y Flor Maydee Duerta por el Ministerio de Vivienda y Hábitat y Hengel Blanco por el Banco Nacional de Vivienda y Hábitat (Banavih). La Junta interventora fue facultada para la ejecución de los actos de administración y disposición necesarios para la culminación y entrega de la obra.
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