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martes, 3 de mayo de 2011

TSJ declaró la nulidad de 4 artículos de la Constitución del Zulia

El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) en Sala Constitucional y ponencia de su presidenta, Luisa Estella Morales Lamuño, anuló los artículos 5, 15, 24 y 52 de la Constitución del estado Zulia, tras un recurso de nulidad interpuesto en el año 2003 en el cual se alegaba que los artículos violan la Constitución venezolana.

En referencia al artículo 5, los solicitantes explicaron que se intenta “establecer como soberano al estado Zulia”, y se propone “una especie de soberanía estadal dentro de los límites de su territorio, cuando el espíritu de la Constitución de la República orienta a la integridad del territorio”.

En la sentencia, la instancia judicial declaró la nulidad del artículo porque su contenido es contrario al ordenamiento constitucional.

“La referida frontera resulta esencial en la delimitación espacial del ámbito de ejercicio del poder del Estado, tanto hacia dentro, como hacia afuera, imponiendo el límite espacial de las relaciones con otros países, constituyéndose como un elemento primordial en la política de seguridad y defensa del Estado”, detalla la decisión.

Sobre el artículo 24 de la Constitución del estado Zulia, en el cual se establece que el Consejo Legislativo del Estado dictará la legislación para regular el régimen de la función pública estadal, el TSJ precisa que la norma pretendió atribuir al órgano legislativo la regulación de aspectos referentes a una materia sometida al principio de reserva legal nacional.

"Resultando una invasión en el ámbito de competencias del Poder Legislativo Nacional, incurriendo así en una evidente usurpación de funciones, vicio que conlleva la nulidad absoluta”, indica la sentencia.

Acerca del artículo 52 que plantea otorgarle al gobernador de la entidad leyes habilitantes, la instancia judicial determinó que es inconstitucional porque la Carta Magna no establece tal competencia, ni para los Consejos Legislativos ni para los mandatarios regionales.

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