El abogado criminalista y experto en tecnología, Raymond Orta afirmó que desde el punto de vista constitucional "se limita o prohibe el espionaje sobre nuestra vida privada, el artículo 48 establece la obligación de proteger a los ciudadanos en el derecho a su privacidad". El señalamiento lo hizo en el programa Soluciones, que conduce Shirley Varnagy.
Indicó el abogado que para proceder a "espiar" a algún ciudadano se debe obtener una autorización judicial por lo que cualquier grabación que se realice sin ese beneplácito es ilegal y no puede ser utilizado como prueba ante un tribunal.
También informó que aunque la grabación tenga autorización judicial no puede ser difundida públicamente sin que las partes involucradas den su consentimiento.
"Las pruebas obtenidas fuera del marco de la ley son nulas así prueben un hecho ilegal desde el punto de vista técnico, si la grabación fue obtenida ilegalmente esta prueba no puede ser admitida", dijo.
Advirtió que los estados, los gobiernos en general, siempre "se escudan en el hecho de la seguridad o el interés nacional para espiar a las personas, es por eso que tiene que haber un control judicial cuando se invade la privacidad de las personas".
En cuanto a la tecnología utilizada para hacer este tipo de grabaciones, el especialista mencionó que "pueden existir micrófonos ocultos cableados o no, así como micrófonos laser, estos actúan de forma tal que estando fuera de una habitación se apunta el dispositivo a un vidrio del espacio y de ahí se toma el sonido. Estos equipos pueden costar sobre 35 mil o 50 mil dólares. Por supuesto, también está la intervención telefónica y el espionaje informático".
Recomendó a las personas que pueden ser objeto de intervenciones de este tipo no hablar en sitios que tengan ventanas hacia el exterior, hacer barridos de protección para verificar la existencia de micrófonos, y consultar con algún especialista qué equipos hay en el mercado para anular la efectividad de microfónos y otros dispositivos.
Para finalizar enfatizó que aunque se compruebe que en la conversación grabada, o en el correo interceptado se evidencia un delito, la fiscalía puede iniciar la investigación, pero la grabación o el e-mail no se pueden utilizar como prueba si su obtención no fue autorizada judicialmente.