La nueva Ley Universitaria, la misma que se viene debatiendo en la Comisión de Educación del Congreso de la República, contiene beneficios tributarios para las universidades, afirmaron abogados tributaristas.
Según la ley N° 2199, las universidades con fines lucrativos que inviertan sus utilidades estarán exonerados de pagar el Impuesto a la Renta (IR).
El ex titular de la SUNAT, Sandro Fuentes, afirmó que la brecha de calidad entre las entidades públicas y privadas hace que aparezcan en medio universidades de dudosa calidad, las mismas que aprovechan el beneficio tributario para lucrar sin pagar impuestos.
“Un beneficio tributario o una exoneración supone menores ingresos para el fisco lo cual repercute en los demás contribuyentes, es decir todos los peruanos”, indicó.
Explicó que al haber una menor recaudación el Estado lo que hace es ajustar los impuestos a los demás pagantes para cubrir la brecha generada por la exoneración dada.
Apuntó que la mayoría de leyes que rigen las exoneraciones tributarias en el Perú están mal elaboradas, por lo cual los conflictos entre el ciudadano y el Estado son constante.
A su turno el abogado tributarista Jorge Picón aseveró que el gran problema no es la normativa sino la deficiente fiscalización de la Sunat, y “ello permite que algunas universidades sin fines de lucro se comporten como sociedades anónimas”.
“Es decir le reparten de una u otra forma las utilidades a sus asociados o al dueño visible para terceros. Y al ser entidades sin fines de lucro ni siquiera están obligadas a una reinversión de sus utilidades” puntualizó
Ambos especialistas coincidieron en que la reforma de la Educación no va precisamente por el lado tributario sino por acertadas medidas estructurales.
RPP