La Asamblea Nacional (AN) sancionó este jueves la Ley para la Protección de Derecho de Personas con VIH/Sida.
Durante el debate, el primer vicepresidente del Parlamento venezolano, Darío vivas, afirmó que esa es la primera ley de Latinoamérica que habla del derecho a la igualdad a las personas con VIH-Sida y que rechaza contundentemente la discriminación contra quienes padecen esa enfermedad.
Ese instrumento va en contra de la discriminación y estigmatización de las personas que están infectadas por el virus o que ya tengan los síntomas del síndrome no se le pueden menoscabar sus derechos a la salud, a la vivienda, al trabajo, a la cultura, el deporte y la recreación, aludió el asambleísta
El diputado Henry Ventura, informó que el instrumento consta de siete capítulos, 41 artículos y tiene por objeto promover y proteger el derechos a la igualdad de todas las personas con el Virus de Inmunodeficiencia Humana (VIH) y el Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida (SIDA), así como de sus familiares, a los fines de asegurar que disfruten y ejerzan todos sus derechos, garantías, deberes y responsabilidades, sin discriminación alguna, entre ellas, las derivadas de su condición de salud.
“Esta es una norma que legisla más allá de la salud, porque se toman aspectos como el derecho al trabajo, a la cultura, a la educación, al deporte y a todas las actividades políticas, económicas y sociales que se puedan desarrollar”, ratificó el parlamentario. Ventura aseguró que la Ley se ampara en el artículo 21 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
En ese contexto, la normativa establece la obligación del Estado de difundir a través de campañas de información que estos pacientes tienen garantizados sus derechos, y que existen una serie de responsabilidades disciplinarias, civiles y de cargas de pruebas que serán aplicadas a aquellas personas que discriminen a quienes tengan VIH/SIDA.
Contempla además, indicó el diputado Eduardo Piñate, que las personas con VIH/SIDA podrán interponer acciones por responsabilidad civil contra quienes hayan incurrido en acciones de discriminación, y que para ejercerlas el afectado o la afectada tendrá derecho a la asistencia jurídica de la Defensoría del Pueblo, Ministerio Público y Defensa Pública. “Estamos haciendo justicia social con una ley revolucionaria”, dijo el asambleísta.
Entre las obligaciones del Estado, se establece la adopción de togas las medias administrativas, legislativas, judiciales, y de cualquier otra índole, necesarias y apropiadas para asegurar el goce y ejercicio del derecho a la igualdad de las personas con VIH/SIDA y sus familiares, incluyendo aquellas destinadas a promover y divulgar el principio de la igualdad. Reconoce a esos ciudadanos como grupos de vulnerabilidad debido a su condición de salud.
Con información de AN Prensa