Este viernes,el Poder Ejecutivo introdujo ante el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) un recurso de amparo en contra de la usurpación de funciones cometida por la Asamblea Nacional (AN), que se ha tomado atribuciones en el manejo de las relaciones internacionales de Venezuela, competencia de la Presidencia de la República.
“Es un recurso de amparo a fin de que la máxima interprete de la constitución de la República Bolivariana de Venezuela que es la sala constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), se pueda expresar y verifique la solicitud que se está haciendo en relación a este amparo constitucional, para que de una vez por todas poder frenar esa pretensión del Poder Legislativo de querer inmiscuirse en las funciones constitucionales que tiene el presidente Nicolás Maduro”, afirmó Elvis Amoroso.
El Consultor Jurídico de la Presidencia de la República detalló que este ampara se basa en el artículo 336 que en su numeral 4 dice perfectamente que “las relaciones exteriores de la República y la celebración y ratificación de los tratados o convenios internacionales le corresponde la presidente de la República“.
“Las funciones específicas de las relaciones internacionales le corresponde exclusivamente al Presidente de la República Nicolás Maduro (..) no le corresponde al presidente de la Asamblea Nacional (AN) ni a su junta directiva. Hay violaciones constantes por parte de la directiva de Asamblea Nacional en relación a la hacienda pública venezolana que es la administración de lo que tiene que ver con los recursos venezolanos”,acotó.
Amoroso denunció que el parlamento venezolano trata de manejar la hacienda pública nacional al tiempo que explicó que dichas funciones solo le corresponden exclusivamente al Ejecutivo Nacional.
“Es inaceptable que organismos como la OEA, la ONU y la Unión Europea puedan recibir a estos señores cuando saben que están haciendo una usurpación de un prefecto constitucional como es las relaciones internacionales, que son exclusivas del Presidente de la República”,finalizó.