El primer mandatario nacional, Hugo Chávez Frías, firmó la noche de este viernes el decreto de promulgación de la Ley Habilitante, sancionada en la tarde por la Asamblea Nacional, la cual le autoriza por 18 meses dictar Decretos con Rango, Valor y Fuerza de Ley en las materias que se delegan, en este caso, para enfrentar la emergencia causada por el fenómeno climatológico, que dejó en Venezuela más de 134 mil personas damnificadas.
"Yo pido que la trabajemos (la Ley Habilitante) juntos, Gobierno y el Bloque de los Diputados Revolucionarios (...) a nombre del Pueblo Bolivariano voy a promulgar la Ley Habilitante", destacó durante un encuentro con los diputados electos del Partido Socialista de Venezuela (PSUV) en el hotel Alba Caracas.
"Yo había pedido la habilitación por un año (...) Agradezco mucho a la AN que hayan debatido y hayan decidido lo siguiente: La habilitación al Presidente de la República para dictar decretos con rango valor y fuerza de ley en las materias que se delegan tendrá un lapso de duración de 18 meses", puntualizó.
Ley Habilitante en nueve ámbitos:
- Atención a las necesidades vitales que se han generado por las lluvias: Modos de proceder de entes públicos y privados ante desastres naturales, con la participación de las organizaciones populares.
- Infraestructura, transporte y servicios públicos: Dictar o reformar normas que regulen la actuación de entes públicos y privados en la construcción y optimización de obras de infraestructura. Igualmente, legislar en torno al sector de telecomunicaciones.
- Vivienda y Hábitat: Construcción de viviendas en general y acceso de las familias a mecanismos que faciliten adquisición, ampliación y remodelación.
- Ordenación territorial, desarrollo integral y uso de la tierra urbana y rural: Diseñar una nueva regionalización geográfica del país, con la finalidad de reducir los altos niveles de concentración demográfica en algunas zonas del territorio nacional. Dictar o reformar normas para regular la creación de nuevas comunidades y la conformación de comunas, atendiendo la realidad de cada espacio, especialmente en los territorios habitados por pueblos indígenas.
- Financiero y tributario: Creación de fuentes y fondos especiales a fin de atender la contingencia por las lluvias. Modernizar el marco regulatorio de los sectores tributario, impositivo, monetario y crediticio del mercado de valores, de la banca y los seguros.
- Seguridad ciudadana y jurídica: Habla de los sistemas de seguridad ciudadana, policial y de protección civil, además de los procedimientos relativos a identificación y control migratorio.
- Seguridad y defensa integral de la Nación: Normas relativas a la Fuerza Armada Nacional Bolivariana (FANB) y al sistema de protección civil; disciplina y carrera militar y atención integral a las fronteras.
- Cooperación internacional: Competencias del Ejecutivo Nacional para la celebración de contratos de interés público de carácter bilateral o multilateral, destinados a desarrollar sectores estratégicos y a atender las consecuencias de desastres naturales.
- Sistema socioeconómico: Todo lo relativo al título VI de la Constitución (sistema socioeconómico, fiscal, monetario y presupuestario). Menciona el interés por erradicar desigualdades que se derivan de la especulación, usura, acumulación de capital, monopolios, oligopolios y latifundios.
Finalidad de la Ley Habilitant:
La Ley Habilitante tiene la finalidad de "dar atención a las más de 33 mil familias, 250 vialidades, 36 puentes derribados, tres embalses de agua destruidos y más de 46 mil hectáreas de cultivos dañados, de manera que estamos ante una profunda crisis que amerita la solicitud que ha hecho el presidente de la República", explicó en su momento el vicepresidente Ejecutivo, Elías Jaua, cuando hizo entrega del instrumento legal a la Asamblea Nacional para su discusión y aprobación el pasado lunes.
(VTV)
No hay comentarios:
Publicar un comentario