En resolución conjunta entre los ministerios del Poder Popular para Relaciones Interiores y Justicia y para la Defensa, publicada en Gaceta Oficial 39873, el Estado suspende la tramitación de las solicitudes de nuevos permisos para portar armas de fuego por un lapso de un (1) año, así como la importación y comercialización de armas de fuego y municiones por el mismo período, a partir de 1º de marzo 2012, como parte de las contundentes medidas que se implementan en Venezuela para el control, uso y comercialización de armas de fuego y municiones.
Tal como fue anunciado el pasado mes de diciembre de 2011 por el ministro del Poder Popular para Relaciones Interiores y Justicia, Tareck El Aissami, queda suspendido el otorgamiento de nuevos portes de armas, así como la comercialización de armas de fuego y municiones por un año en el país.
A partir de este 1 de marzo de 2012, la Dirección Nacional de Armas y Explosivos (DAEX) del Ministerio del Poder Popular para la Defensa realizará un operativo especial de registro y actualización de portes de armas en todo el territorio nacional. Todas aquellas personas que poseen un arma de fuego adquirida legalmente, pero que por diversas razones no cuentan con el permiso o el debido registro de la misma, tendrán un lapso de tres meses para obtener la autorización para el porte y tenencia de un arma de fuego. Este operativo se extenderá en caso de considerarse necesario.
Sobre este ámbito explicó el ministro El Aissami que “todas aquellas personas que tengan un arma de fuego legal pero que no ha sido registrada van a tener la oportunidad de hacerlo y contar con la autorización para su porte y tenencia”, por parte del Estado.
Cabe destacar esta medida no aplica para las personas que tengan su porte de arma vigente, ya que podrán seguir renovando este permiso con normalidad.
Sobre este aspecto el Ministro del Poder Popular para Relaciones Interiores y Justicia aclaró que “aquellas personas que tengan su arma de fuego legalmente registradas y estén autorizados por parte del Estado venezolano a su porte y tenencia pueden seguir renovando ese permiso, lo que vamos a prohibir es el otorgamiento de nuevos portes de armas”.
Asimismo, a partir de la entrada en vigencia de esta Resolución, queda suspendida en todo el territorio nacional la importación y comercialización de armas de fuego, municiones y todo tipo de accesorios directa o indirectamente relacionados con armas de fuego.
Las armerías tendrán 90 días (contados a partir de la entrada en vigencia de esta Resolución) para remitir a la DAEX, en un lapso no mayor de cinco (5) días, el total de armas que permanezcan en existencia en los depósitos de estas empresas, debidamente inventariadas.
Sólo pueden seguir adquiriendo armas de fuego y municiones los funcionarios de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana y demás organismos de seguridad del Estado con funciones policiales, personal de empresas que presten el servicio de vigilancia privada y/o transporte de valores, debidamente registrado y autorizado por el MPPRIJ, atletas o deportistas debidamente autorizados por la DAEX, previa solicitud de la Federación Venezolana de Tiro, los productores y productoras agropecuarios y acuicultores, a través de las instituciones que los agrupan en el país y personal de la institución académica nacional especializada en seguridad.
En el caso de quienes practican tiro deportivo, los productores agropecuarios y agricultores, a través de las instituciones que los agrupan en el país, podrán adquirir armas o municiones en cantidades reguladas por estándares de uso a través de las dependencias que para tal fin habilite la Compañía Anónima Venezolana de Industrias Militares (CAVIM).
La resolución, contentiva de 18 artículos, no sólo establece la suspensión de importación de armas de fuego, municiones y todo tipo de accesorios, sino también su comercialización en el territorio nacional, es decir, quedan suspendidos procesos de compras y ventas de estos artefactos por un año.
Esta medida que se suma a la ya vigente desde agosto de 2011 que restringe el porte de armas de fuego en terminales de pasajeros y unidades de transporte público a nivel nacional.
(Comisión Presidencial para Control de Armas, Municiones y Desarme)