Las empresas del sector farmacéutico deberán contar con una guía única de movilización, seguimiento y control para distribuir y comercializar medicamentos, de acuerdo con una resolución conjunta de los ministerios de Salud, Comercio, Ciencia y Alimentación, publicada en la Gaceta Oficial Nº 39.928.
La guía de movilización forma parte del Sistema Integral de Control de Medicamentos (SICM), plataforma en la cual deben registrarse laboratorios, casas de representación, droguerías, farmacias comerciales y asistenciales del país.
Según el texto, la guía es un documento obligatorio que se obtendrá a través de la plataforma digital del SICM. Ésta contendrá la información del origen, destino y datos de los productos movilizados.
Tendrá una vigencia de siete días contados a partir de la fecha y hora de su aprobación. Las empresas que no posean la respectiva guía para el traslado de productos farmacéuticos serán sancionadas de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica de Salud.
Para la comercialización de productos farmacéuticos en los estados fronterizos "se implementan los mecanismos que permiten ejercer los controles destinados a asegurar la disponibilidad de medicamentos eficaces, seguros y de calidad, así como su accesibilidad y uso racional a todos los sectores de la población", refiere el texto.
El titular de la cartera de Alimentación, Carlos Osorio, informó recientemente que el SICM hará seguimiento a toda la materia prima que se importa, a los productos terminados, a las cadenas de laboratorios y a las casas de representación que las distribuyen, además determinará cuáles son las droguerías, a qué farmacias van y a qué precio son expendidas para evitar que especulen con las medicinas.