En Gaceta Extraordinaria número 6.152, de fecha 18 de noviembre de 2014, fueron publicadas las leyes del IVA, Islr, Código Tributario, Inversiones Extranjeras y Turismo.
Sobre el Impuesto al Valor Agregado, se mantendrá el pago del 12% mientras que incrementa en 27% la tasa al Impuesto al Lujo.
La normativa expresa que serán tomados como artículos de lujos: carros cuyo valor en aduanas sea mayor o igual a 40.000 dólares o cuyo precio de fábrica sea igual o mayor a 6.000 Unidades Tributarias; motos cuyo valor en aduanas sea mayor o igual a 20.000 dólares o cuyo precio de fábrica sea igual o mayor a 2.500 Unidades Tributarias; aviones civiles y accesorios destinados a recreación, publicidad o deporte, así como las destinadas al uso particular de sus propietarios; máquinas de juegos de envite y azar activadas con monedas o fichas; buques destinados a actividades recreativas o de deporte, así como las destinadas al uso particular de sus propietarios; joyas y relojes cuyo precio sea igual o mayor a 2.500 U.T; armas, sus accesorios y proyectiles; accesorios a los vehículos que no estén incorporados a los mismos en el proceso de ensamblaje cuyo precio sea igual o mayor a 700 U.T; obras de arte y antigüedades cuyo valor sea igual o superior a 6.000 U.T; prendas y accesorios de vestir, elaborados con cueros y pieles naturales cuyo precio sea igual o mayor a 1.500 U.T; animales con fines recreativos y el caviar.
En cuanto a la reforma que hicieron al Impuesto Sobre La Renta, eliminan los ajustes por inflación que existían en el sector financiero y quitan las exenciones a cooperativas, funciones y asociaciones.
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