La Defensora Pública General, Dra. Omaira Camacho Carrión, decidió activar a partir de la presente fecha la competencia en materia civil y administrativa especial inquilinaria y para la defensa del derecho a la vivienda por parte de la Defensa Pública. En ese sentido ordenó la creación de las Defensorías Pública Primera y Segunda con competencia en la materia, a cargo de los abogados Ana María Rodríguez Montero y Eleusis Borrego Tovar respectivamente, ubicados en la Unidad Regional de la Defensa Pública adscrita al Área Metropolitana de Caracas.
La Dra. Camacho explicó que a pesar de que la creación de las Defensorías Especiales se inició en Caracas, la activación de la competencia implica que la institución en pleno dará atención a los casos relacionados:
"La Defensa Pública se activó para resguardar el derecho a la vivienda... serán creadas las Defensorías que sean necesarias por razones de servicio, según lo previsto en el artículo 36 de nuestra Ley Orgánica, porque el derecho a una vivienda digna es un derecho humano fundamental y la satisfacción progresiva de ese derecho es obligación compartida entre los ciudadanos y ciudadanas y el Estado en todos sus ámbitos. Para la Defensa Pública constituye un objetivo fundamental defender a todos los ciudadanos y ciudadanas de los actos y acciones que puedan afectar sus derechos como arrendatarios o para el acceso a la vivienda"- destacó.
La Defensora Pública General, exhortó a la población a acudir a la Defensa Pública para que sean orientados respecto a su caso. En Caracas pueden acudir a la sede ubicada en el Bulevar Panteón, Esq. De jesuitas a Tienda Honda. Sede de la Defensa Pública, a media cuadra de la inspectoría del trabajo.
¿Qué servicios encontrará el ciudadano?
Mediante la resolución 0047 del año en curso, la Defensora Pública General establece como competencias fundamentales de las Defensorías Públicas en Materia Civil y Administrativa Especial Inquilinaria y para el Derecho a la Vivienda las siguientes:
- Orientar y asesorar en materia Inquilinaria y sobre asuntos del derecho a la vivienda.
- Ejercer la defensa de los usuarios del servicio ante los Tribunales de Municipio, Primera Instancia y Superiores, así como ante los órganos administrativos en materia de su competencia.
- Ejercer la Acción de Amparo Constitucional Autónoma y Recursos de nulidad ante el órgano jurisdiccional competente en defensa de los usuarios que vean afectados sus derechos a la vivienda.
- Promover las pruebas que sean necesarias para la mejor defensa de los intereses de los afectados.
- Anunciar el Recurso de Apelación o Casación de ser procedente, pudiendo formalizar solamente el primero de ellos.
- Levantar casos y estadísticas de las personas usuarias de este servicio a los fines de canalizar sus necesidades de vivienda ante los organismos competentes.(AV).
(Defensoría Pública)
La Dra. Camacho explicó que a pesar de que la creación de las Defensorías Especiales se inició en Caracas, la activación de la competencia implica que la institución en pleno dará atención a los casos relacionados:
"La Defensa Pública se activó para resguardar el derecho a la vivienda... serán creadas las Defensorías que sean necesarias por razones de servicio, según lo previsto en el artículo 36 de nuestra Ley Orgánica, porque el derecho a una vivienda digna es un derecho humano fundamental y la satisfacción progresiva de ese derecho es obligación compartida entre los ciudadanos y ciudadanas y el Estado en todos sus ámbitos. Para la Defensa Pública constituye un objetivo fundamental defender a todos los ciudadanos y ciudadanas de los actos y acciones que puedan afectar sus derechos como arrendatarios o para el acceso a la vivienda"- destacó.
La Defensora Pública General, exhortó a la población a acudir a la Defensa Pública para que sean orientados respecto a su caso. En Caracas pueden acudir a la sede ubicada en el Bulevar Panteón, Esq. De jesuitas a Tienda Honda. Sede de la Defensa Pública, a media cuadra de la inspectoría del trabajo.
¿Qué servicios encontrará el ciudadano?
Mediante la resolución 0047 del año en curso, la Defensora Pública General establece como competencias fundamentales de las Defensorías Públicas en Materia Civil y Administrativa Especial Inquilinaria y para el Derecho a la Vivienda las siguientes:
- Orientar y asesorar en materia Inquilinaria y sobre asuntos del derecho a la vivienda.
- Ejercer la defensa de los usuarios del servicio ante los Tribunales de Municipio, Primera Instancia y Superiores, así como ante los órganos administrativos en materia de su competencia.
- Ejercer la Acción de Amparo Constitucional Autónoma y Recursos de nulidad ante el órgano jurisdiccional competente en defensa de los usuarios que vean afectados sus derechos a la vivienda.
- Promover las pruebas que sean necesarias para la mejor defensa de los intereses de los afectados.
- Anunciar el Recurso de Apelación o Casación de ser procedente, pudiendo formalizar solamente el primero de ellos.
- Levantar casos y estadísticas de las personas usuarias de este servicio a los fines de canalizar sus necesidades de vivienda ante los organismos competentes.(AV).
(Defensoría Pública)
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