La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), en ponencia de su presidenta, magistrada Luisa Estella Morales Lamuño, declaró inadmisible la acción de amparo interpuesta por los derechistas Carlos Vecchio y Valentina Issa, contra el presidente de la República, Hugo Chávez Frías, y Mauricio Rodríguez, quien ocupó el cargo de ministro del Poder Popular para la Comunicación y la Información.
La instancia constató que la acción de amparo cuestionaba el uso que se da a los mensajes y alocuciones oficiales cuya transmisión gratuita puede ordenar el Presidente de la República directamente o a través de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (Conatel) a los operadores que presten servicios de televisión por suscripción y a las empresas de radiodifusión sonora y televisión abierta, de conformidad con lo establecido en el artículo 192 de la Ley Orgánica de Telecomunicaciones.
En el recurso interpuesto por Vecchio e Issa alegaron que el Jefe de Estado incurre en abuso de poder o de derecho, al hacer uso no razonable de la potestad discrecional que le tiene atribuida el artículo 192 de la Ley Orgánica de Telecomunicaciones.
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