Conatel inició este jueves un procedimiento administrativo sancionatorio por la presunta prestación del servicio de radiodifusión sonora y la utilización de la frecuencia FM 100.9 MHz en Maracaibo, estado Zulia, sin contar con la debida habilitación administrativa y concesión. El ente regulador señaló que se trata de un plan de acción nacional para el control de la prestación ilegal de servicios de telecomunicaciones.
Asimismo, de conformidad con lo establecido en el artículo 183 de la Ley Orgánica de Telecomunicaciones, se acordó la aplicación de las medidas cautelares con carácter provisionalísimo de suspensión de las actividades presuntamente clandestinas e incautación de los equipos y materiales empleados en la realización de dicha actividad.
Con el objeto de resguardar el derecho a la defensa y al debido proceso que ampara a todos los administrados, se le otorgó a dicha emisora quince (15) días hábiles para exponer sus alegatos y defensas, y cinco (5) días hábiles para oponerse a las medidas acordadas, todo ello de conformidad con las previsiones de la Ley Orgánica de Telecomunicaciones.
En este sentido, el ente regulador reitera una vez más su total apego a la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y a la Ley Orgánica de Telecomunicaciones.
NOTA DE PRENSA
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