El Supremo Tribunal Federal (STF) de Brasil reconoció hoy el derecho de las mujeres a interrumpir su embarazo cuando el feto sufra anencefalia (ausencia de parte del cerebro) por ocho votos a favor, dos en contra y una abstención.
Los once magistrados que integran la corte de mayor rango del país necesitaron dos días para completar la lectura y depósito de sus votos en una audiencia que ha generado gran expectación en Brasil.
La sesión concluyó con el voto negativo del presidente del STF, Cézar Peluso, quien consideró la despenalización como una "matanza de anencéfalos" y alegó que "el feto anencéfalo tiene vida y, aunque breve, su vida es constitucionalmente protegida".
"La acción de eliminación intencional de la vida intrauterina de anencéfalos corresponde al tipo penal del aborto, no habiendo malabarismo hermenéutico o gimnasia dialéctica capaz de convencerme de lo contrario", aseveró Peluso.
Los magistrados favorables a la despenalización del aborto para los casos de anencefalia han argumentado, entre otras razones, los riesgos que implica para la madre, las nulas posibilidades de vida del feto fuera de la placenta y la condición laica del Estado brasileño.
El magistrado Ricardo Lewandowski también votó en contra de la despenalización al alegar que una decisión favorable sienta un precedente para otros tipos de malformaciones en fetos.
"Una decisión judicial eximiendo de sanción el aborto de fetos con anencefalia, además de discutible desde el punto de vista ético y jurídico, abriría las puertas de la interrupción del embarazo para casos que sufren enfermedades que impliquen acortamiento de la vida", alegó Lewandowski.
La legislación brasileña permite el aborto únicamente en casos de violación o de peligro para la vida de la madre y fuera de esos supuestos la gestante que interrumpa un embarazo se expone a condenas de entre uno y tres años de prisión y el médico que lo practique de uno a cuatro años.
La sesión comenzó ayer con la intervención del procurador general de la República, Roberto Gurgel, que presentó un informe consultivo en el que defendió la despenalización del aborto para los casos de fetos anencéfalos.
El magistrado Antonio Días Toffoli se inhibió de la votación arguyendo que cuando era abogado general del estado había manifestado su postura favorable al aborto en esos casos.
El fallo de hoy da respuesta judicial a una demanda interpuesta en 2004 por la Confederación Nacional de los Trabajadores de Salud, que argumentaba que impedir el aborto en esos casos viola la garantía fundamental de la dignidad de la madre.
Los once magistrados que integran la corte de mayor rango del país necesitaron dos días para completar la lectura y depósito de sus votos en una audiencia que ha generado gran expectación en Brasil.
La sesión concluyó con el voto negativo del presidente del STF, Cézar Peluso, quien consideró la despenalización como una "matanza de anencéfalos" y alegó que "el feto anencéfalo tiene vida y, aunque breve, su vida es constitucionalmente protegida".
"La acción de eliminación intencional de la vida intrauterina de anencéfalos corresponde al tipo penal del aborto, no habiendo malabarismo hermenéutico o gimnasia dialéctica capaz de convencerme de lo contrario", aseveró Peluso.
Los magistrados favorables a la despenalización del aborto para los casos de anencefalia han argumentado, entre otras razones, los riesgos que implica para la madre, las nulas posibilidades de vida del feto fuera de la placenta y la condición laica del Estado brasileño.
El magistrado Ricardo Lewandowski también votó en contra de la despenalización al alegar que una decisión favorable sienta un precedente para otros tipos de malformaciones en fetos.
"Una decisión judicial eximiendo de sanción el aborto de fetos con anencefalia, además de discutible desde el punto de vista ético y jurídico, abriría las puertas de la interrupción del embarazo para casos que sufren enfermedades que impliquen acortamiento de la vida", alegó Lewandowski.
La legislación brasileña permite el aborto únicamente en casos de violación o de peligro para la vida de la madre y fuera de esos supuestos la gestante que interrumpa un embarazo se expone a condenas de entre uno y tres años de prisión y el médico que lo practique de uno a cuatro años.
La sesión comenzó ayer con la intervención del procurador general de la República, Roberto Gurgel, que presentó un informe consultivo en el que defendió la despenalización del aborto para los casos de fetos anencéfalos.
El magistrado Antonio Días Toffoli se inhibió de la votación arguyendo que cuando era abogado general del estado había manifestado su postura favorable al aborto en esos casos.
El fallo de hoy da respuesta judicial a una demanda interpuesta en 2004 por la Confederación Nacional de los Trabajadores de Salud, que argumentaba que impedir el aborto en esos casos viola la garantía fundamental de la dignidad de la madre.
EFE