El procurador anticorrupción Julio Arbizu afirmó este martes que el arresto domiciliario no es un beneficio penitenciario; por tanto, no puede ser concedido al expresidente Alberto Fujimori.
"Esa es una medida preliminar, no hay posibilidad de que un condenado pueda tener arresto domiciliario porque está cumpliendo una condena y porque el arresto domiciliario no es un beneficio ", sostuvo durante una entrevista ofrecida a un programa de noticias de cable local.
Explicó que el arresto domiciliario se da durante el inicio de un proceso judicial, no cuando ya existe una condena.
William Castillo, abogado de Alberto Fujimori, formalizó el pedido de arresto domiciliario para su patrocinado, con el argumento de su delicado estado de salud e invocando la Ley 29499.