De acuerdo con el orden del día publicado en el portal web del Parlamento venezolano, la sesión se realizará a las 10:00 de la mañana en el Palacio Federal Legislativo, Caracas.
El artículo 203 de la Constitución Nacional establece que se requiere el voto favorable de las tres quintas partes de los legisladores de la Asamblea Nacional para que el instrumento legal sea avalado, es decir, 99 diputados.
La referida norma faculta al Presidente de la República a dictar decretos con rango, valor y fuerza de ley sobre las materias que estime pertinentes de acuerdo con las necesidades del país.
El presidente Maduro solicitó al Poder Legislativo la Ley Habilitante para combatir la corrupción "en todas sus modalidades".