La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), en ponencia del magistrado Oscar León Uzcátegui, declaro procedente una solicitud de medida cautelar innominada. Por lo que se ordenó la suspensión del proceso comicial para la elección de las autoridades decanales de la Universidad de los Andes (ULA), acto de votación fijado para el 13 de julio de 2011 por la Comisión Electoral Central de la mencionada casa de estudios.
En el presente caso la Sala del Alto Tribunal recibió el expediente proveniente del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Mérida, contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto por la ciudadana Daviana Muñóz Gutiérrez, en su carácter de estudiante regular del 5° año de la carrera de Ciencias Políticas de la ULA, y en defensa de los intereses colectivos del resto de estudiantes regulares de la Universidad de los Andes.
El abogado Carlos Enrique Dávila Zambrano asistió a la mencionada estudiante y además actuó con el carácter de afectado en este caso por ser empleado administrativo de la Universidad de los Andes, y en defensa de los intereses colectivos del resto de los empleados administrativos de la referida casa de estudios.
La acción judicial fue interpuesta contra la Resolución Nro. CE 065/2011 dictada en fecha 25 abril de 2011 por la Comisión Electoral Central de la Universidad de los Andes, que declaró continuar con todos los procesos electorales que se encuentren actualmente en desarrollo, de acuerdo con el reglamento electoral aprobado por el Consejo Universitario de la ULA.
Esgrimió la parte solicitante que la convocatoria y cronograma electoral excluye a los profesores instructores, a los miembros del personal docente contratado, al personal administrativo, al personal obrero, a los representantes de los egresados, y egresadas de acuerdo al Reglamento que debe regir para su participación como electores para elegir a las autoridades de la universidad y a los estudiantes en su totalidad por el no reconocimiento de su derecho para el ejercicio pleno de los derechos políticos y en igualdad de condiciones con todos los participantes en estos comicios.
Para quienes presentaron el recurso judicial el actual llamado a elecciones, previsto para los miércoles, 08 de junio y 13 de julio de 2011, viola el artículo 34, numeral 3 de la Ley Orgánica de Educación (LOE), que establece que en las elecciones universitarias deben participar profesores y profesoras, estudiantes, personal administrativo, personal obrero, y los egresados y egresadas de la casa de estudios.