En defensa de la República Bolivariana de Venezuela, la Procuraduría General junto con el Ministerio Público solicitó privativa de libertad en contra de Angel Roberto Infante, el ciudadano venezolano capturado en la ciudad de Panamá y que fuera extraditado este miércoles al país.
Esta solicitud está sustentada sobre la falsedad de las notas promisorias Bandagro y el fraudulento proceder del actor junto a los demás sujetos de la trama.
Infante estaba siendo solicitado por la justicia venezolana, acusado por el delito de Uso de Documento Público Falso, referido al caso de los falsos bonos de Bandagro, motivo por el cual el Juzgado Cuarto en funciones de Control del Área Metropolitana de Caracas remitió a la Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia su expediente, la cual declaró procedente la solicitud de extradición.
El ciudadano extraditado había sido denunciado el 22 de septiembre de 1993 por Esperanza Martinó de Fernández, quien para entonces presidía el Fondo de Garantías de Depósitos y Protección Bancaria (Fogade), al estar vinculado con la existencia de una organización delictiva que desarrollaba y ejecutaba un fraude en perjuicio del Estado venezolano.
Angel Roberto Infante se dedicaba a la falsificación, tenencia, puesta en circulación e intentos de cobro, tanto en nuestro país como en el mercado financiero internacional, de un número indeterminado de falsos títulos al portador denominados “Notas Promisorias”.
Mediante sus negociaciones, intentó engañar a las autoridades venezolanas con la posesión de cinco falsas notas promisorias de 25 millones de dólares cada una, supuestamente avaladas por el Estado venezolano, para realizar aumento de capital de su empresa denominada INALCA, C.A.
Las autoridades venezolanas tienen fundados elementos de convicción para estimar que Infante es autor responsable o partícipe en la comisión de los mencionados actos delictivos, además de evadir el proceso judicial al salir del territorio nacional.
Adicionalmente, había publicado artículos de prensa y realizado solicitudes directas en los diferentes organismos competentes para exigir el cobro de otras falsas notas promisorias, en posesión de distintas personas naturales y jurídicas a nivel nacional e internacional.
El proceso que permitió el traslado a Venezuela de este ciudadano, se basa en la Convención Interamericana sobre Extradición, suscrita el 18 de julio de 1911, orientada a evitar la impunidad de esta clase de delitos.
Este miércoles se dio inicio a la audiencia de presentación ante el Tribunal de la causa, la cual continuará este jueves en horas de la mañana a los efectos de conocer las razones y elementos de convicción que el Ministerio Público esgrimió en su oportunidad para aprehender internacionalmente al precitado ciudadano.
(PrensaPGR)
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