AVN-La Asamblea Nacional (AN) sancionó este jueves el proyecto de Ley de Regulación
del Sistema de Ventas Programadas, que consta de 45 artículos, y será remitida
al Ejecutivo para su promulgación en Gaceta Oficial.
Diosdado Cabello,
diputado del Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV) y presidente de la
Comisión de Administración y Servicios Públicos, reiteró que la norma regulará
el mecanismo de ventas programadas de vehículos, productos de línea blanca y
marrón, para evitar el incumplimiento de los contratos por parte de esas
empresas.
Bajo esta modalidad de compra, en Venezuela más de 16.000
familias fueron víctimas de estas empresas, quienes con mecanismos de captación,
muchas veces fraudulentos y ofertas engañosas, prometían facilidades para la
adquisición del bien mueble, así como precios y formas de pago accesibles, pero
nunca le fueron entregados los vehículos y artículos por los cuales habían
pagado por meses y años.
"No estamos en contra del sistema de ventas
programadas sino en contra de quienes se valen de la necesidad de los
venezolanos para hacerles trampa y no entregarles lo que han pagado
religiosamente. Esta ley obligará a que cumplan las reglas del juego y
asegurarle a la gente que compra a través de este sistema que no será estafado",
refirió Cabello al inicio de la discusión del proyecto.
La norma
contempla la prohibición de modificar de manera unilateral el contrato,
mecanismo que frecuentemente es usado por algunas de estas empresas. También se
establece el capital mínimo con el cual deberán operar las compañías que se
creen bajo el sistema de venta programadas.
En el caso de las empresas de
ventas programadas de bienes muebles distintos de vehículos, tendrán un capital
mínimo inicial pagado en efectivo de dos millones de bolívares, mientras que las
de carros deberán contar con un capital mínimo de 20 millones de
bolívares.
Sanciones
La normativa aprobada por
los parlamentarios también incluye una serie de sanciones para las empresas de
ventas programadas que incumplan la ley. Las compañías de bienes muebles que no
entreguen los artículos en el lapso previamente establecido en el contrato serán
sancionadas con multas equivalentes al triple del valor del bien
respectivo.
Si reinciden en esta irregularidad, serán sancionadas con
multa de cinco veces el valor del bien no entregado y el cierre temporal, por un
lapso de 90 días continuos.
Las organizaciones que operen sin la debida
autorización serán multadas con el pago de 5 mil unidades tributarias y el
cierre inmediato del establecimiento.
Las empresas de ventas programadas
debidamente constituidas que no presenten su estado financiero al ministerio
correspondiente serán sancionadas con una multa de 1.500 unidades
tributarias.