Esta medida de suspensión tendrá una duración de sesenta días hábiles a partir de 18 de octubre de 2012 y finalizará el 15 de enero de 2013, en consecuencia, el Operador Cambiario Autorizado suspendido no podrá tramitar nuevas solicitudes de autorización de adquisición de divisas a través del Sistema de Administración de Divisas durante el período de suspensión.
Asimismo se informa, a los usuarios que el Operador Cambiario Autorizado suspendido está en la obligación de continuar gestionando aquellas solicitudes que se encuentren en trámite para la fecha de la notificación de la medida de suspensión, debiendo de igual manera hacer del conocimiento al público de esta medida.
Los usuarios, quienes consignaron la documentación ante el citado Operador Cambiario suspendido y aún no haya sido certificada en el Sistema de Administración de Divisas podrán retirar sus expedientes y tramitar su solicitud ante otro Operador Cambiario Autorizado.