Nota de prensa) - Ante la acusación presentada por el Ministerio Público, fueron condenados Yelitza Chacín y José Espinoza a pagar 17.120 bolívares,tras admitir haber perturbado a los vecinos del sector 01 de la urbanización Nueva Cabimas, parroquia Rómulo Betancourt de Cabimas, estado Zulia, cuando escuchaban música a alto volumen el 27 de noviembre de 2012.
Durante la audiencia de juicio, el fiscal municipal 1º del estado Zulia, Daniel Alvarado, ratificó la acusación contra la pareja por la comisión de la siguiente falta: perturbación causada a la tranquilidad pública y privada, prevista y sancionada en el Código Penal.
Ante la admisión de los hechos por parte Chacín y Espinoza, el Tribunal 1º de Juicio del Zulia, extensión Cabimas, los condenó al pago de 80 unidades tributarias cada uno, lo que totaliza 17.120 bolívares.
El referido día, residentes de la referida urbanización denunciaron ante el despacho municipal, que en la casa de Chacín y Espinoza escuchaban música a alto volumen durante toda la noche, lo que perturbaba la tranquilidad de los vecinos de la pareja.
Posteriormente, los funcionarios de la Fiscalía Municipal Primera del Zulia iniciaron la investigación hasta determinar las responsabilidades de los contraventores, quienes habían causado molestias a los vecinos desde hacía tres años.
Es importante señalar que el citado despacho municipal fue inaugurado el 27 de septiembre de 2012, y está ubicado en el edificio 101 del Centro Cívico de Cabimas.
Todas estas acciones forman parte del impulso que el Ministerio Público ha dado a la municipalización de la justicia desde julio de 2008.
Todas estas acciones forman parte del impulso que el Ministerio Público ha dado a la municipalización de la justicia desde julio de 2008.
Vía prensa Ministerio Público