Tal como lo indicó el presidente Nicolás Maduro y el vicepresidente para el área económica, este viernes fueron publicadas -en Gaceta Oficial y Gaceta Oficial Extraordinaria- la Ley de Precios Justos y las providencias administrativas que reforman los requisitos para los trámites en la obtención de divisas destinadas a remesas familiares, la adquisición de divisas para las empresas de transporte aéreo y aquellas destinadas al pago de consumos en el exterior.
A continuación conozca los aspectos más importantes que entran en vigencia a partir de hoy:
-Cupo máximo anual será de 3 mil dólares: incluye viajes, compras electrónicas y efectivo.
- La aprobación de divisas si el destino es el estado de La Florida en Estados Unidos, para cuyo caso no se asignarán los 2.500 dólares como tope máximo y solo se otorgarán 700 dólares para consumo, es decir 300 en efectivo y 400 en tarjetas de crédito.
- La Providencia 124 aclara que los destinos que recibirán un máximo de 3 mil dólares serán África, Asia, Europa y Oceanía, siempre y cuando la permanencia se prolongue por más de 8 días.
- Las divisas en efectivos para viajeros quedaron de la siguiente manera: 300 dólares para quienes vayan a Colombia, Panamá, Costa Rica, Perú y estado de La Florida, Estados Unidos, así como otras islas del Caribe, excepto países del Caribe, miembros del Alba. Para el resto de los destinos, otorgarán 500 dólares.
- El pago por excesos de consumo en el exterior se realizará de acuerdo a la tasa de la última asignación de divisas a través del Sicad.
Ley de Precios Justos
- El margen máximo de ganancia de cada actor de la cadena de comercialización no podrá exceder del 30 % de la estructura de costos del bien o servicio.
-El órgano regulador de los costos y fijador de los márgenes y ganancias de precios será la Superintendecia Nacional para la Defensa de los Derechos Socioeconómicos (Sundde).
-El margen de ganancia será establecido anualmente por la Superintendecia Nacional para la Defensa de los Derechos Socioeconómicos (Sundde).
- En la gaceta se establece que el Presidente de la República podrá modificar el márgen de ganancia establecido en la ley siempre y cuando esté en Consejo de Ministros y considere las recomendaciones de la vicepresidencia económica de Gobierno y la Sundde.
-La ley indica en su artículo 30 que la determinación o modificación de precios –así como los márgenes de ganancias- se aplicarán mediante análisis socioeconómico de la Sundde.
- Sancionarán con hasta 10 años de cárcel a quienes incumplan con el precio fijado por la Sundde.
-Las personas que vendan productos alimenticios en mal estado o bienes vencidos tendrán que pagar una multa de hasta 10 mil unidades tributarias. Adicionalmente la Sundde podrá imponer la suspensión del Registro Único.
- Las disposiciones transitorias de la Ley de Precios Justos establecen que se suprimen la Superintendecia de Costos y Precios Justos (Sundecop) y el Instituto para la Defensa de la defensa de las Personas en el Acceso a los y Servicios (Indepabis).
Remesas familiares y líneas aéreas:
- Según señala la Providencia 123 de Cadivi, las remesas corresponderán a personas naturales residenciadas permanentemente en territorio nacional y para poder hacer uso de ellas tienen que presentarse documentos originales y copia ante el operador cambiario.
-Para hacer el trámite, se tendrá que estar inscrito en el Registro (Rusad) y los usuarios deberán realizar una declaración jurada al cierre de la solicitud.
-Estabelecen 23 requisitos para que las lineas aéreas soliciten divisas en el país. La providencia aplica a empresas extranjeras que presten servicios en Venezuela