(Caracas, 21 de marzo. Noticias24) – El vicepresidente para el Área Económica, Rafael Ramírez, anunció que el próximo lunes 24 de marzo comenzará operaciones de el Sistema Cambiario Alternativo de Divisas (Sicad) II.
Ramírez destacó que el Sicad II es un sistema transparente que frenará la especulación y hará frente a la cotización del dólar paralelo. “Cualquier venezolano, empresa, sector que de alguna manera no ha visto satisfecha su necesidad de divisas, por esta vía va a tener suficiente para abastecer sus requerimientos”, expresó.
Para participar en el Sicad II, mecanismo que permitirá a las personas naturales y jurídicas comprar o vender dólares en un mercado que fluctuará de acuerdo a la oferta y la demanda,los interesados deben tener o abrir una cuenta en moneda extranjera en la banca nacional.
“Tanto las personas naturales como las personas jurídicas tienen que abrir sus cuentas en dólares en el país para participar en el Sicad II”, ratificó el ministro de Economía, Finanzas y Banca Pública, Rodolfo Marco Torres.
El proceso de apertura de estas cuentas en dólares se activó a partir del 18 de septiembre del año 2012 en la banca pública y comercial del país. Las instituciones autorizadas para tramitarlas son: Banco Bicentenario, Banesco, Provincial, BOD, Mercantil, Exterior, Fondo Común, Banco Nacional de Crédito, Corp Banca, Venezolano de Crédito, Del Sur, Banco Activo, Banco Venezuela, Sofitasa y City Bank.
En un recorrido realizado este viernes por el equipo de Noticias24 en diferentes entidades bancarias de la ciudad capital, se constató que la apertura de cuentas se lleva a cabo según lo dispuesto en la Ley. Los requisitos para abrir una cuenta en dólares son los mismos que solicitan las entidades financieras en la apertura de cuentas en bolívares, y varían según los protocolos de cada banco.
Usos de la cuenta en dólares
- Las cuentas en moneda extranjera podrán ser utilizadas como mecanismo de ahorro.
- Los depósitos en moneda extranjera podrán realizarse siempre y cuando se compruebe el origen lícito de las divisas a depositar. Los remanentes de los cupos viajeros que se otorguen a través del Centro Nacional de Comercio Exterior (Cencoex) no podrán ser ingresados en estas cuentas.
- Al abrir la cuenta los bancos deberán entregar al cliente una tarjeta de débito para retiros o compras en el exterior.
- Las divisas depositadas en la cuenta podrán retirarse en montos totales o parciales en el país, pero en bolívares y a tasa de cambio vigente que se establezca en el Sicad. En el exterior, los retiros si se harán en dólares.
- Se permitirá la transferencia de divisas desde cuentas en moneda extranjera nacionales a cuentas en el exterior, pero no entre cuentas nacionales, es decir está prohibido realizar transferencias entre cuentas abiertas en bancos venezolanos.
Otros factores:
- Los depósitos en divisas mantenidos en cuentas a término abiertas en bancos universales,generarán intereses a la tasa que fije el Banco Central de Venezuela (BCV) para tales depósitos, independientemente del plazo en que se realicen dichas operaciones.
- Los bancos universales autorizados a recibir depósitos en divisas, deberán mantener éstos en cuentas en moneda extranjera en el Banco Central de Venezuela, los cuales estarán disponibles para su movilización por parte de dichas instituciones bancarias, en función de las necesidades de los depositantes y de conformidad con lo dispuesto en los manuales, circulares e instructivos dictados al efecto.
- Los bancos universales deberán enviar al Banco Central de Venezuela, con periodicidad mensual, información sobre los depósitos en moneda extranjera que reciban y deberán remitir al Banco Central de Venezuela información diaria en cuanto a los movimientos globales y saldos de las cuentas en moneda extranjera.
- No podrán ser emitidas chequeras a los clientes que mantengan cuentas en moneda extranjera en el país, y está prohibida la recepción de cheques en moneda extranjera emitidos con cargo a las mismas.
Por: Aniger Esteves y Mariely Márquez /Departamento de investigación/Noticias24