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martes, 11 de marzo de 2014

Publicadas normas para operaciones a través del Sicad II


En la Gaceta Oficial Número 40.369 fue publicado el Convenio Cambiario Nº 27, realizado entre el Banco Central de Venezuela y el Ministerio de Economía, Finanzas y Banca Pública, para el inicio de operaciones del Sistema Complementario de Administración de Divisas (Sicad) II

A través de Sicad II, los ciudadanos y empresas podrán comprar divisas (bien sea con la permuta de bonos o en efectivo) ofertadas por personas naturales y jurídicas del sector privado, por Petróleos de Venezuela (Pdvsa), el BCV y otras empresas públicas, incluidos los bancos estatales. 

Los exportadores ahora pueden administrar hasta 60% de sus ingresos en divisas 

De acuerdo a la Gaceta 40.369, las pesonas naturales y jurídicas dedicadas a la exportación de bienes y servicios podrán retener y admiinstrar hasta 60% del ingreso que perciban en divisas. 

El texto del Convenio señala que el BCV podrá participar e intervenir cuando lo considere conveniente y tanto el ente emisor como el Ministerio de Economía y Finanzas podrán establecer límites y condiciones que orienten la participación del mecanismo. 

El Convenio aclara que su marco de acción es la compra-venta en moneda nacional de divisas en efectivo, así como de títulos valores y que las transacciones llevadas a cabo a través del Sicad II, podrán realizarse con posiciones mantenidas por personas naturales y jurídicas del sector privado que deseen presentar ofertas provenientes de fuentes licitas de Pdvsa, BCV y entes públicos autorizados. 

Se podrán hacer operaciones a través de cuentas en moneda extranjera en bancos universales 

El Convenio Cambiario 27 también autoriza a las personas naturales y jurídicas  que mantengan depósitos en cuentas denominadas en moneda extranjera, abiertas en bancos universales  y registradas  según el Decreto de Reforma de Ley de Bancos, podrán realizar operaciones de venta de las divisas allí depositadas mediante del Sicad II. 

No habrá restricciones en el monto a ser negociado ni en los sectores que participarán y las empresas o personas naturales que obtengan divisas del Cencoex también pueden participar en el nuevo esquema. 

Con Sicad II, las operaciones se efectuarán diariamente a través de los bancos, los interesados deben poseer cuentas en dólares en el país, con una tasa que será determinada de acuerdo con la oferta y la demanda, pero que puede tener la intervención del instituto emisor con mayor oferta en caso de que así se requiera para equilibrar el precio. El tipo de cambio será de conocimiento público. 

En el país, donde rige un control de cambio desde 2003, Ramírez ha dicho que casi 90% de las divisas de la economía es suministrado por el estatal Centro Nacional de Comercio Exterior (Cencoex), a una tasa preferencial de 6,30 bolívares por dólar. Por esta vía, el Gobierno definió un Plan General de Divisas que prevé 42.700 millones de dólares para las áreas prioritarias este año. 

De igual manera, existe el Sicad I, que ofrece 220 millones de dólares semanales a sectores productivos específicos convocados a subastas, con una tasa que fluctúa. La más reciente se ubica en 11 bolívares por dólar. Para este año, se prevé destinar 11.400 millones de dólares por este mecanismo. 

El Sicad II nace con la entrada en vigencia, el 24 de febrero pasado, de la nueva Ley del Régimen Cambiario y sus Ilícitos.