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viernes, 28 de agosto de 2015

TSJ confirma constitucionalidad del decreto que declara Estado de Excepción

( Nota de Prensa)- La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, declaró la constitucionalidad del Decreto N° 1.950, dictado por el presidente de la república, Nicolás Maduro, que establece el Estado de Excepción en seis municipios del estado Táchira, publicado en la Gaceta Oficial N° 6.194 Extraordinario, del pasado 21 de agosto, conforme al artículo 339 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Así lo señala la sentencia N° 1173 publicada este viernes, en la cual la máxima intérprete de la Carta Magna indicó que el Presidente de la República atendió una situación alarmante, a fin de controlar eficazmente el flagelo del contrabando de extracción, organizado a diversas escalas, entre otras conductas delictivas análogas y/o conexas, que rompen el equilibrio del Derecho Internacional, la convivencia pública cotidiana y la paz, afectando el acceso a bienes y servicios destinados al pueblo venezolano, así como la situación respecto a la moneda venezolana en la frontera.
La Sala Constitucional del más Alto Tribunal de la República, unánimemente, constató que el Decreto Ley de Estado de Excepción efectivamente cumple con los extremos de utilidad, proporcionalidad, tempestividad y estricta necesidad exigidos por la Carta Magna y la Ley para enfrentar y resolver la grave situación delictiva y de violencia que obligó a declarar la emergencia presentada en la zona fronteriza antes aludida.
Asimismo, la Sala Constitucional indicó que el Decreto atiende de forma prioritaria aspectos de seguridad ciudadana, económicos y de seguridad y defensa integral de la Nación, y resulta proporcional, pertinente, útil y necesario para el ejercicio y desarrollo integral del derecho constitucional a la protección por parte del Estado, entre otros vinculados al mismo.
Destacó que el Decreto garantiza los derechos al acceso a bienes y servicios de calidad, a la salud, así como los derechos a la vida, a la integridad personal, a la libertad, entre otros tantos necesarios para garantizar los valores fundamentales de integridad territorial, soberanía, autodeterminación nacional, igualdad, justicia y paz, necesarios para la construcción de una sociedad justa y amante de la paz, y para la promoción de la prosperidad y bienestar del pueblo.
De esta forma, el Máximo Tribunal de la República reafirmó su compromiso y deber constitucional ineludible de respaldar al pueblo venezolano, que en esa zona está sufriendo los extraordinarios embates derivados de la situación de anormalidad descrita.
La Sala del TSJ constató, luego de un examen minucioso del Decreto, que el mismo cumple con los principios y normas contenidos en la Constitución, en tratados internacionales sobre derechos humanos válidamente suscritos y ratificados por la República, y en la Ley Orgánica sobre Estados de Excepción.