El personal de las clínicas que por solicitar claves niegue el ingreso de las personas que asistan a estos centros por emergencia puede ser sancionado al incurrir en delitos de lesiones personales y homicidio culposo, señaló la Fiscal General de la República, Luisa Ortega Díaz.
"Solicitar en las emergencias de las clínicas claves de acceso u otros mecanismos para impedir una atención inmediata, que pueda poner en riesgo la salud o la vida de una persona está prohibido", enfatizó Ortega Díaz.
La Fiscal destacó que este tipo de acciones genera responsabilidad penal, por lo que en consecuencia los dueños de clínicas, accionistas, médicos, enfermeras o los responsables de empresas aseguradoras pudiesen ser sancionados por la comisión de delitos.
"Esta conducta a la luz de la legislación venezolana es punitiva. Si el caso es de un niño, niña o adolescente, el artículo 274 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, establece que el médico que se niegue a atender este tipo de emergencia será penado con prisión", expresó.