Este jueves, la Fiscal General de la República, Luisa Ortega Díaz se
refirió a la
medida de libertad condicional dictada al excomisario Henry Vivas
el día de ayer. Las declaraciones las ofreció durante una entrevista realizada
en el programa “Toda Venezuela” que transmite VTV.
En tal sentido, la Fiscal aseguró que “la libertad de este ciudadano no
corresponde a algún movimiento ni a protestas, se dio sencillamente porque
el Gobierno venezolano, respetuoso de los derechos humanos toma en
consideración la situación en que se encuentran los privados de
libertad. En el caso de Vivas se le dio una medida humanitaria en
virtud que tenía una condición de salud”.
“Todos los casos se han venido revisando, de hecho hace unos
pocos meses se constituyó una comisión que estaba revisando la situación de los
privados de libertad que estén procesados y que tengan una condición de salud,
para darle una medida cautelar o una libertad condicional, dependiendo del caso,
bien sea famoso o no el acusado”, explicó Ortega.
“El bien más preciado después de la vida es la libertad, muchas personas
hacen todo para preservar ese bien, pero la manera que tenemos aquí en Venezuela
de sancionar los delitos es privándolos de ella porque sino tendríamos
un Estado impune y que no castiga delitos”, expresó.
Vivas recibió este miércoles libertad condicional debido a
que presenta diversas patologías que debilitan su salud. De acuerdo con el
informe médico presentado por la abogada de Vivas, Theresly Malavé, éste padece
el Síndrome de Barret, un tumor en las cuerdas vocales, irritación en el colon,
gastritis erosiva, problemas respiratorios y pérdida progresiva de la audición
(tinitus de oído medio) y la visión (glaucoma en ambos ojos).
El artículo 502 del Código Orgánico Procesal Penal menciona
que con la medida humanitaria procede la libertad condicional “en caso de que el
penado padezca una enfermedad grave o en su fase terminal”.
El estamento también establece que el acusado debe ser diagnosticado
por un médico y “si recupera su salud u obtiene una mejoría continuará
el cumplimiento de su condena”.
Ortega reiteró que la medida humanitaria a Vivas, quien está
condenado a 30 años por su participación en el Golpe de Estado de abril
2002, es un beneficio que se le otorga a las personas que están
quebrantados de salud, lo cual se encuentra establecido en el Código Orgánico
Procesal Penal (COPP).
En otro punto, la Fiscal se refirió a los casos de extradición y enfatizó que
“dentro del sistema legal Venezolano no se contempla la pena de muerte y por lo
tanto jamás podríamos extraditar a un venezolano requerido en un país donde sí
se aplica esta sanción y eso es por el respeto que sentimos por la vida
humana”.
Con información de AVN