Unidad Venezuela.- La Unidad hizo un llamado de atención a la opinión pública
nacional e internacional, “por la gravedad que implica para la institucionalidad
democrática (…) que la Sala Constitucional utilice sus facultades más allá de
los límites de sus competencias, para eliminar etapas de los procesos aún no
concluidos, no sólo para resolver problemas de procedimiento, sino para imponer
decisiones vinculantes para todos los jueces, limitando, injustificadamente, la
libre apreciación y aplicación judicial de las leyes, que es propia de los
Estados que practican el modelo democrático de Estado de Derecho”.
La coalición de partidos democráticos hizo la alerta en un comunicado que
emitió este miércoles, con motivo de la decisión que tomó la Sala Constitucional
del Tribunal Supremo de Justicia el 8 de diciembre. “Una vez más (…) quebranta
el estado de Derecho y la seguridad jurídica (…) Su decisión constituye una
violación a las leyes procedimentales y una extralimitación de las competencias
que le otorga la Constitución”.
La Unidad condenó que, en el caso concreto de hechos que aparentemente no
revisten carácter delictual, la Sala Constitucional se extralimite al señalar la
inaplicabilidad de los artículos 471 y 472 del Código Penal, en todo conflicto
agrario entre particulares.
“Si en el caso en el que actuó, los hechos juzgados no debían haberse
calificado por los jueces como delitos, sino como un conflicto entre poseedores
y propietarios, lo que correspondía era simplemente declarar nula la sentencia
que condenó a un productor por los delitos de usurpaciones y daños contra la
propiedad”, aclaró.
De igual forma, denunció que al no señalar claramente la distinción entre un
conflicto que corresponde a la jurisdicción agraria y los hechos violentos de
invasión de propiedades ajenas o de perturbación violenta de la posesión, que
corresponden a la jurisdicción penal, declara inaplicables los artículos 471 a y
472 en todo conflicto agrario, eliminando estos delitos del Código Penal y
“aumentando la inseguridad jurídica existente en materia de derecho de propiedad
y de protección de la integridad física de las personas y de sus bienes, los
cuales deben ser garantizados por el Estado de acuerdo con el artículo 55 de la
Constitución”.
La Unidad advirtió, además, que la sentencia es otra “palpable evidencia del
activismo político que ha asumido el Tribunal Supremo de Justicia, al
interpretar normas constitucionales y legales con un evidente sesgo ideológico y
político; que lesiona aún más la perdida de la credibilidad en la imparcialidad
e independencia del Poder Judicial en Venezuela”.
De igual forma, rechazó la nota informativa del Tribunal Supremo de Justicia,
del 10 de diciembre, dada en el marco del 152° aniversario de la Batalla de
Santa Inés, durante el aniversario de los 10 años de la Ley de Tierras y
Desarrollo Agrícola, la cual –consideraron– le imprimió a la sentencia un
carácter político. “Hecho inaceptable e inapropiado en el que el poder judicial
actuó como parte de los escenarios ostensiblemente políticos y electorales del
actual gobierno”, acotó.