Nota de prensa) – El diputado Pedro Carreño (PSUV-Lara) hizo mención en una intervención en la sesión parlamentaria de este martes con respecto a las sanciones de los casos de inhabilitación política del exgobernador del Zulia, Pablo Pérez y la exdiputada María Machado, .
Las declaraciones de Carreño ocurrieron a propósito de la intervención previa de su homólogo de la bancada opositora, quien solicitó en la sesión ordinaria de este martes, incluir en el Orden del Día, un debate sobre las competencias de la Contraloría General de la República, tras la inhabilitación del exgobernador derechista del estado Zulia, Pablo Pérez y la exdiputada María Machado, petición que fue negada por la Plenaria.
Al respecto, Carreño señaló que el organismo “tiene la facultad potestativa de imponer sanciones e inhabilitar a funcionarios públicos para ejercer la función pública”, de acuerdo a lo establecido en el artículo 5 de la Ley Orgánica de la Contraloría y el artículo 39 de la Ley Orgánica contra la Corrupción.
Recordó que cuando hubo la discusión en el Parlamento, para sancionar las referidas legislaciones, la misma derecha parlamentaria exigió “una mayor cuantía, mayor multa en lo atinente a las unidades tributarias y mayor cuantía en los años de inhabilitación -además-, decían que había que dotar a la Contraloría de instrumentos fuertes contra la corrupción”.
Asimismo, explicó que las sanciones de la Contraloría no buscan más que “preservar el tesoro nacional y dar un escarmiento al mal administrador público”. Destacó igualmente, que el artículo 23 de la Ley Orgánica contra la Corrupción establece en lo atinente a la Declaración Jurada de Patrimonio, entre otros aspectos, un lapso de 30 días para formalizar el referido procedimiento.
Por tanto, indicó que sobre el caso del exgobernador opositor “hay responsabilidad administrativa”, por lo que, la Comisión Permanente de Contraloría de la Asamblea Nacional aprobará el informe el próximo miércoles, para en la siguiente sesión ordinaria presentarlo a la Plenaria, donde “se le establecerá la responsabilidad política”, y tal como establece el artículo 223 de la Carta Magna de Venezuela “remitir copia al Ministerio Público” para que ejerza las respectivas acciones del caso.
Caso Machado: “No es desde ahora que está fuera”
El diputado Carreño también se refirió al caso de la exdiputada de derecha, María Machado, al respecto explicó que no es desde ahora que está fuera de su competencia, sino desde el mismo momento que asumió el cargo de embajadora alterna, lo cual hizo que perdiera desde entonces su investidura parlamentaria: “Ella lo recibió sin importarle que establece la Constitución, ahora es reincidente”.
El asambleísta aclaró que la reciente sanción hacia Machado ocurrió porque dentro de los 30 días que debía presentar su declaración de Patrimonio, “ella no la consignó”. Acción que la Contraloría asumió, bajo lineamientos legales, “como ocultación de información y la hace sujeto generadora de responsabilidad. Por ello fue sancionada, no es porque no tenía cestatickets como dice, es que no presentó la declaración”.