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viernes, 8 de abril de 2016

Solicitud de referendo debe presentarse conforme a la normativa para ser considerada por el CNE

(Nota de Prensa).- El Consejo Nacional Electoral (CNE), informó en su página web que la solicitud de referendo revocatorio debe presentarse conforme a la normativa vigente para ser considerada por el Poder Electoral.
Que se adapte la solicitud de activación de un referendo revocatorio presidencial a la normativa vigente para que pueda ser considerada por el Consejo Nacional Electoral, decidieron las autoridades electorales en su sesión de este jueves 7 de abril.
La organización con fines políticos Mesa de la Unidad Democrática (MUD), como solicitante de la activación, deberá adecuar la petición a las Normas para Regular Referendos Revocatorios, vigente desde el año 2007, cuando se solicitaron y activaron revocatorios contra alcaldes y legisladores regionales.
En la misma sesión, el CNE aprobó ampliar el lapso para la renovación de las nóminas de las organizaciones con fines políticos que no presentaron oferta electoral u obtuvieron menos del 1% de los votos en la recién pasada elección legislativa, de tres a cuatro meses.
Se oficiará a la Comisión de Participación Política y Financiamiento, órgano subordinado del Poder Electoral que preside el rector Luis Emilio Rondón, para que elabore un cronograma de renovación adaptado al nuevo lapso.