Con la recién sancionada Ley contra la Estafa Inmobiliaria, los compradores de
viviendas serán indemnizados por los constructores o contratistas de proyectos
habitacionales que incurran en el retraso en la entrega o en la culminación de
la obra.
El artículo 26 del referido instrumento establece que: "El retardo en la
entrega y culminación de la obra por parte del constructor, contratista,
productor y promotor de vivienda obliga a este a indemnizar al comprador con el
valor de dos unidades tributarias (Bs. 152) por cada día de retardo en la
entrega del inmueble".
Asimismo, establece que está en la obligación de pagar al comprador las
cuotas mensuales de alquiler durante el tiempo que dure el retardo en la entrega
de su nueva vivienda, para determinar el monto del alquiler "basta con la
presentación del contrato de arrendamiento certificado con mínimo tres meses de
vigencia y copia de los recibos de pago", agrega el artículo.
Al respecto, el diputado Ascencio Monasterios de la Comisión Permanente de
Administración y Servicios de la Asamblea Nacional (AN), dijo: "aquí se
establece doble sanción, porque el incumplimiento en la fecha de entrega le
acarrea a las familias un daño económico, pues cada familia se planifica según
el lapso estipulado por la empresa constructora".
"Este artículo también busca que el constructor acelere la edificación y
finalización de la obra", agregó.
El diputado destacó que la ley regulará la actividad de las constructoras
inmobiliarias e impedirá las ofertas engañosas de las cuales eran víctimas las
familias venezolanas.
"La Ley establece que no se podrá celebrar un contrato de pre-venta sin la
garantía del financiamiento bancario y la aprobación del proyecto por parte del
órgano contralor competente".
Agregó que las empresas constructoras tendrán un lapso de 2 años para
culminar las viviendas, "cuyo precio de venta deberá estar fijado en el
contrato", reza el artículo 14 de la ley.
Monasterios agregó que el contrato de pre-venta también debe establecer
claramente cuáles son las pautas de la negociación. "Esta ley que busca eliminar
las arbitrariedades que se han cometido en contra del pueblo", refirió.
"Hay empresas constructoras que promocionan la venta de urbanismos a través
de una maqueta, sin antes haber garantizado los recursos para la ejecución de la
obra ni los servicios", destacó el diputado.
Al respecto, el artículo 12 establece que el constructor o contratista de un
proyecto de vivienda debe contar con una fianza, otorgada por una entidad
financiera, que garantice el 100% del precio total de la obra.
Hemos visto cómo a medida que avanza la obra se presentan retrasos por falta
de recursos y es cuando empiezan a solicitarle más dinero a los futuros
adjudicatarios, que llegan a esperar años por su vivienda", explicó.
Asimismo, el artículo 34 prohíbe comenzar la construcción de una obra que no
cuente con planos y proyectos que garanticen la dotación de los servicios, la
violación de este artículo acarreará una multa de 750 unidades tributarias, es
decir Bs. 57.000.
En Venezuela, gracias al gobierno Bolivariano, la vivienda es concebida como
un derecho humano y un derecho social. La exposición de motivos de la ley
destaca que esta herramienta jurídica es un sistema de protección a los
ciudadanos expuesto a la oferta engañosa para la adquisición de vivienda