El Ministerio Público logró privativa de libertad para S. S. (30) por su presunta vinculación con la muerte de su expareja, Luz Vera Patiño y dos niños de 6 meses y 8 años de edad, hecho ocurrido el pasado 12 julio, en el sector Los Mangos de la parroquia La Vega, en Caracas.
En la audiencia de presentación, los fiscales 82° nacional auxiliar, 134° del Área Metropolitana de Caracas (AMC) y 107° auxiliar del AMC, Rina Moros, Mariam Méndez y Simón García, respectivamente, imputaron al hombre por la presunta comisión de los delitos de violencia física y psicológica, homicidio intencional, en perjuicio de la mujer.
Asimismo, fue imputado por presuntamente incurrir en el delito de homicidio intencional calificado por medio de incendio, por motivos fútiles e innobles y alevosía, en perjuicio de los niños.
Adicionalmente, se le imputó la presunta comisión del delito de homicidio intencional calificado, en grado de frustración, respecto a Dora Patiño de Vera (60), madre de la víctima, y un adolescente de 13 años, quienes resultaron heridos en el hecho.
Luego de evaluar los elementos de convicción presentados por los representantes del Ministerio Público, el Tribunal 47° Control del AMC dictó la medida privativa de libertad contra Sulbarán, quien permanecerá recluido en el Centro Penitenciario Región Capital Yare I, mientras se presenta el acto conclusivo el lapso correspondiente.
De acuerdo con la investigación, el hecho ocurrió el día antes citado, cuando el hoy imputado habría expandido combustible sobre la vivienda de la madre de su expareja, donde ella residía.
El hombre fue aprehendido en flagrancia en lugar del hecho, por funcionarios del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales Criminalísticas.
Es importante mencionar que en fecha 4 de mayo de 2012, Luz Vera Patiño realizó ante la Fiscalía 145° del AMC, una denuncia por violencia contra Sulbarán.
En ese sentido, el Ministerio Público dictó medidas de protección y seguridad a la víctima, consistente en la prohibición del acercamiento del agresor a la mujer tanto en su lugar del trabajo, estudio y residencia.
De igual manera, se le prohibió que por sí mismo o mediante terceras personas intentara realizar actos de persecución, intimidación o acoso contra la mujer.
Cabe indicar que Sulbarán no residía en la vivienda donde causó la muerte de su expareja y los dos niños, por cuanto esta pertenecía a la madre de la víctima.
De igual manera, el Ministerio Público aclara que sus fiscales no están facultados para ordenar o ejecutar medidas que impliquen otorgarle a los denunciados por violencia ubicación en la residencia de las víctimas de estos delitos.