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viernes, 9 de noviembre de 2012

HRW considera que Venezuela no debe ser electa miembro del Consejo de DDHH de la ONU


HRW considera que Venezuela no debe ser electa miembro del Consejo de DDHH de la ONUEl director de Human Rights Watch (HRW), José Miguel Vivanco, y la directora de promoción de la organización, Peggy Hicks, enviaron una comunicación al presidente Hugo Chávez para manifestarle su opinión sobre la postulación de Venezuela al Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas.

"Lamentablemente, la situación actual de Venezuela en cuanto a promoción y protección de los derechos humanos no satisface los estándares requeridos. Es necesario adoptar medidas urgentes para revertir políticas y prácticas de su gobierno que han socavado las garantías de derechos humanos en varios ámbitos cruciales", indican en el texto.

La votación para elegir a los nuevos miembros del Consejo de Derechos Humanos de la ONU se realizará este lunes 12 de noviembre por la mañana.

Lea a continuación el comunicado completo.

Nueva York, 9 de noviembre de 2012 

S.E. Hugo Chávez Frías 

Presidente de la República Bolivariana de Venezuela

Caracas, VENEZUELA

 
De nuestra mayor consideración:


Tenemos el agrado de dirigirnos a usted con el propósito de hacerle llegar la opinión de Human Rights Watch sobre la postulación de Venezuela al Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas. La Resolución 60/251 de la Asamblea General de la ONU establece que los miembros del Consejo de Derechos Humanos deberán “aplicar las normas más estrictas en la promoción y protección de los derechos humanos”. Consideramos esencial que los países que son miembros del Consejo de Derechos Humanos cumplan con estos estándares.

Lamentablemente, la situación actual de Venezuela en cuanto a promoción y protección de los derechos humanos no satisface los estándares requeridos. Es necesario adoptar medidas urgentes para revertir políticas y prácticas de su gobierno que han socavado las garantías de derechos humanos en varios ámbitos cruciales.

 

Independencia del Poder Judicial

Desde el copamiento político del Tribunal Supremo llevado a cabo por su gobierno y sus partidarios en la Asamblea Nacional en 2004, el Poder Judicial de Venezuela, en gran medida, dejó de funcionar como un poder independiente del gobierno. El Tribunal Supremo prácticamente ha claudicado en su rol de contralor del Poder Ejecutivo. Sus miembros han rechazado abiertamente el principio de separación de poderes y han expresado en forma pública su compromiso con promover la agenda política presidencial. Este compromiso político se ha visto reflejado en diversas sentencias del tribunal, que han validado en numerosas oportunidades decisiones del gobierno que contravienen de manera flagrante las normas internacionales de derechos humanos.

Uno de los ejemplos más inquietantes de la falta de independencia judicial ha sido la persecución penal contra la Jueza María Lourdes Afiuni —por orden presidencial— después de que esta magistrada otorgara libertad condicional a un conocido crítico del gobierno, que había estado en prisión preventiva durante casi tres años. A pesar de que la decisión de la Jueza Afiuni daba cumplimiento a una recomendación formulada por autoridades de derechos humanos de la ONU y era coherente con el derecho venezolano, usted pidió públicamente que recibiera una pena de 30 años de prisión. La Jueza Afiuni permaneció durante más de un año en prisión preventiva, en condiciones deplorables, y recién en febrero de 2011 se le permitió cumplir arresto domiciliario, situación en la que actualmente se encuentra, a la espera que se celebre su juicio.  La detención y el prolongado encarcelamiento de la Jueza Afiuni han tenido un profundo efecto en otros jueces, que temen ser procesados penalmente si dictan sentencias que puedan disgustar a su gobierno.

Para que el Poder Judicial venezolano pueda cumplir un rol creíble de garante de los derechos fundamentales, su gobierno debe adoptar medidas para restablecer la independencia del Poder Judicial, incluida la liberación inmediata e incondicional de la Jueza María Lourdes Afiuni.  

 

Libertad de los medios de comunicación

El gobierno y sus aliados en la Asamblea Nacional han sancionado leyes que amplían la capacidad del gobierno de restringir el ejercicio de la libertad de expresión y castigar a los críticos. Esto implicó extender el alcance de las leyes sobre desacato que penalizan las expresiones ofensivas contra funcionarios de alto rango, prohibir la difusión de mensajes que “fomenten la zozobra en la ciudadanía” y permitir que el  gobierno suspenda o cierre arbitrariamente canales de televisión y estaciones de radio cuando lo considere “conveniente a los intereses de la Nación”.

Su gobierno ha adoptado medidas agresivas para reducir el espectro de medios de comunicación que ofrecen una programación crítica e independiente, como retirar de la señal de aire pública al canal de televisión privado más antiguo del país (RCTV) y luego excluirlo de la televisión por cable, además de impulsar sanciones administrativas que podrían resultar en la suspensión o el cierre del único canal importante (Globovisión) que aún critica las políticas de su gobierno. También ha ejercido sus facultades de manera arbitraria para sancionar o censurar a medios de comunicación que criticaron la respuesta de las autoridades en asuntos como contaminación del agua, delitos violentos, un motín en una cárcel y un terremoto. 

Las sanciones y medidas de censura dirigidas a medios de comunicación durante su gobierno han repercutido profundamente en emisoras y periodistas. Si bien todavía es frecuente que se expresen críticas contra el gobierno en Globovisión, la prensa escrita y en otros medios, el temor a represalias del gobierno ha generado un ambiente de autocensura.

Para que Venezuela cumpla con las normas internacionales sobre libertad de expresión, es necesario derogar las leyes sobre desacato y otras normas que facilitan la censura  ycrear un organismo autónomo que administre las frecuencias de transmisión y aplique de manera imparcial las leyes sobre radio y televisión, respetando plenamente las garantías del debido proceso.


Persecución a la sociedad civil

Su gobierno y sus partidarios han actuado de  manera enérgica para desacreditar a defensores de derechos humanos del país, acusándolos reiteradamente de recibir apoyo del gobierno estadounidense para atentar contra la democracia venezolana. No obstante, el gobierno aún no ha aportado pruebas creíbles de que la independencia e integridad del trabajo de promoción de los derechos humanos que realizan en Venezuela estos defensores haya estado comprometida por la ayuda estadounidense o internacional. (De hecho, las principales ONG de derechos humanos en Venezuela reciben un volumen mucho mayor de asistencia de fuentes europeas que de Estados Unidos). Estas acusaciones han fomentado un entorno en que los defensores de derechos humanos se sienten cada vez más vulnerables a actos de intimidación por parte de funcionarios del gobierno y a las amenazas y la violencia de sus partidarios. 

Asimismo, sus aliados en la Asamblea Nacional han procurado frustrar el trabajo de algunos defensores de derechos humanos venezolanos a través de medidas que aumentan la capacidad del gobierno de impedir que obtengan financiamiento, información, personería jurídica y la visibilidad pública que necesitan para que sus acciones sean efectivas, o disuadirlos para que desistan de estos intentos. Como ejemplo, pueden mencionarse las leyes que impiden a las organizaciones “para la defensa de los derechos políticos” o que “ejerce[n] control sobre los poderes públicos” recibir asistencia internacional.

Para asegurar que la sociedad civil venezolana pueda cumplir su rol vital de promoción y protección de los derechos humanos, su gobierno y sus partidarios en el Poder Legislativo, deberían abandonar su postura de confrontación frente a los defensores de derechos humanos, abstenerse de proferir ataques infundados para minar su credibilidad  y dejar sin efecto todas las leyes que limitan arbitrariamente su acceso a financiamiento y frustran su capacidad de trabajo.


Cooperación con el Consejo de Derechos Humanos

La Resolución 60/251 de la Asamblea General de la ONU insta además a todos los miembros del Consejo de Derechos Humanos a cooperar plenamente con el Consejo, incluidos sus procedimientos especiales. A fin de cumplir esta obligación, Venezuela debería emitir sin demora una invitación permanente a todos los titulares de mandatos de los procedimientos especiales.  Además, su gobierno debería tomar recaudos oportunamente para autorizar los pedidos de visita que ya han sido efectuados por relatores especiales, incluidos los relatores sobre el derecho a la libertad de opinión y expresión (presentado en 2003, y reiterado en 2009), las ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias (presentado en 2006, y sobre el cual se envió un recordatorio en 2008), los defensores de derechos humanos (presentado en 2008), la independencia de los magistrados y abogados (presentado en 2011 para programar una visita en 2012) y la libertad de asociación y reunión (presentado en 2011). Por último, su gobierno debería implementar todas las recomendaciones aceptadas que se formularon en el Examen Periódico Universal (EPU) de Venezuela, efectuado en 2011, y reconsiderar algunas importantes recomendaciones que fueron rechazadas durante el EPU de 2011.

La elección del Consejo de Derechos Humanos ofrece a Venezuela una oportunidad clave para tomar un nuevo rumbo en materia de derechos humanos.  Mientras su gobierno no implemente las medidas antes señaladas, la situación de los derechos humanos en Venezuela continuará siendo precaria, y la posibilidad de que Venezuela tenga una intervención creíble en temas de derechos humanos en el Consejo es sumamente escasa.

Atentamente,

José Miguel Vivanco                                            Peggy Hicks

Director para las Américas                                  Directora de Promoción Global

Human Rights Watch                                           Human Rights Watch