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martes, 26 de agosto de 2014

Perú destaca intangibilidad de la frontera terrestre con Chile


El canciller peruano, Gonzalo Gutiérrez, destacó hoy “la intangibilidad" de la frontera terrestre establecida por el Tratado de 1929, su Protocolo Complementario y los trabajos de la Comisión Mixta de Límites de 1929 y 1930, donde se contempla "expresamente que el inicio de dicha frontera está en el Punto Concordia”.

"Se trata de una frontera perfectamente delimitada y demarcada”, subrayó el ministro de Relaciones Exteriores en declaraciones a la agencia Andina.

Perú destaca intangibilidad de la frontera terrestre con ChileRecalcó que, “conforme al acuerdo contenido en las instrucciones de contenido idéntico, dadas en abril de 1930 por los Ministerios de Relaciones Exteriores del Perú y de Chile a los miembros de cada país de la Comisión demarcadora, se precisó que el punto de inicio de la frontera terrestre está en la intersección con la orilla del mar de un arco de diez kilómetros de radio que tiene como centro el primer puente sobre el río Lluta en la vía férrea de Arica a La Paz”.  

Explicó asimismo que en tales instrucciones consta también que se colocaría un hito en cualquier punto del arco, lo más próximo al mar posible, para evitar que pueda ser destruido por las aguas.

Gutiérrez señaló que el denominado triángulo terrestre es una ficción y no existe, pues “la línea de frontera es una, continua y se inicia en el punto Concordia, en la orilla del mar, según lo acordado por ambos países”. 

El jefe de la diplomacia peruana incidió en que “esta es una realidad jurídica sólida e indiscutible, porque una cosa es el inicio de la frontera terrestre en la orilla del mar y otra, la colocación del Hito N° 1 a una corta distancia para evitar que las olas pudieran removerlo o destruirlo”.  

Subrayó que “la frontera terrestre está regida por el Tratado de 1929 y sus instrumentos complementarios, mientras que la frontera marítima lo está por el fallo de la Corte Internacional de Justicia del pasado 27 de enero”. 

Agregó además que “la sentencia de la Corte consigna la coincidencia de ambos países respecto al inicio de la frontera terrestre en el punto Concordia, conforme al artículo 2 del Tratado de 1929, y que, si bien no se pronuncia sobre la localización de dicho punto, señala que la ubicación del mismo puede no coincidir con la del punto de inicio del límite marítimo fijado en el fallo”. 

Por último, Gutiérrez reiteró “la mejor disposición del Perú para consolidar una relación constructiva y de cooperación con Chile, alentando una sana y dinámica integración entre Tacna y Arica”.

Andina