El rector principal del Consejo Nacional Electoral (CNE), Luis Emilio Rondón, considera que el Proyecto de Ley Orgánica de Referendos aprobada en primera discusión por el parlamento nacional se encuentra enmarcado dentro de la norma constitucional.
En este sentido, explicó que en su artículo 187 numeral 1 establece que a la Asamblea Nacional le corresponde “legislar en las materias de la competencia nacional y sobre el funcionamiento de las distintas ramas del Poder Nacional”.
A su juicio, aunque la Carta Magna en su artículo 204 numeral 6, le confiere al CNE la posibilidad de presentar iniciativas de ley relativas a la materia electoral, no ordena que dichas iniciativas deban ser planteadas exclusivamente por el Consejo Nacional Electoral.
En tal sentido Rondón recordó que “tal como lo establece la Constitución, en los últimos 10 años la AN ha aprobado leyes en materia electoral cuya iniciativa ha surgido del mismo seno del parlamento y no del Poder Electoral. Un ejemplo de ello es la Ley Orgánica de Procesos Electorales presentada ante el parlamento por el diputado Darío Vivas en mayo de 2009 y sancionada dos meses después”.
También recuerda Rondón que en 2010 el parlamento aprobó la Ley de Reforma Parcial de Partidos Políticos, Reuniones Públicas y Manifestaciones presentada ante el parlamento por cuatro diputados: Tulio Jiménez, Iris Varela, Edgar Lucena y Hernán Pacheco.
El rector principal del CNE además destaca que en múltiples sentencias de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se facultó al CNE a reglamentar los procesos electorales y referendos – como en efecto se realizó en 2003, 2004, 2007 y 2009 – pero solo hasta que la Asamblea Nacional aprobara la Ley Orgánica de Referendos. GV