El streaming (visionado sin descarga) de obras protegidas va a ser perseguido en Estados Unidos de la misma manera que las descargas propiamente dichas. Así lo ha aprobado un comité del Senado que fija penas de cinco años de cárcel a los sitios que se lucren con este tipo de oferta. La norma tendrá que ser debatida en el pleno de la cámara. Las leyes vigentes en EE UU castigan la reproducción y distribución de obras protegidas por derechos de autor. La ley se dirige básicamente a los sistemas de intercambio P2P.
En Francia, por ejemplo, donde la ley Hadopi persigue las plataformas P2P se ha detectado una migración de los internautas a sistemas de streaming que no son rastreados por las sociedades de gestión. En EE UU, el streaming no está considerado un acto de distribución sino una proyección pública por lo que no está tipificado como delito grave.
La nueva norma prevé castigar con hasta cinco años de cárcel y multas a quienes ofrezcan por este sistema más de 10 contenidos en un plazo de tres meses o bien el material ofrecido supere, en el mercado, los 2.500 dólares de precio o habría exigido el pago de unas licencias superiores a los cinco mil dólares.
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