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miércoles, 7 de diciembre de 2011

Sin lugar solicitud de Blyde de suspender Ley Orgánica del Sistema Económico Comunal


El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró sin lugar la solicitud de suspensión contra la Ley Orgánica del Sistema Económico Comunal que fue presentada, en julio de este año, por Gerardo Blyde, alcalde del municipio Baruta, estado Miranda.

En su momento, el alcalde argumentó que la citada ley "se contradice con la Constitución de 1999, porque allí no se expresa ni siquiera potencialmente un modelo económico comunal".

Además de la Ley Orgánica del Sistema Económico Comunal, Blyde también solicitó al TSJ que anulara otras tres normativas: las leyes orgánicas del Poder Popular, de las Comunas y la del Poder Público Municipal, las cuales, a juicio del militante del partido Un Nuevo Tiempo, pretenden desmantelar al poder municipal (alcaldías).

La Ley del Sistema Económico Comunal contiene normas y procedimientos en torno a la actividad económica alternativa de sistemas bajo régimen de propiedad colectiva. Plantea la figura de las comunas y las empresas comunales como organizaciones de sociedad colectiva, donde los excedentes o ganancias no son propiedad de una persona o grupo sino de toda la comunidad, y pasan a formar parte de los ingresos propios de la misma.

También le da legalidad jurídica a la figura del trueque, en función de experiencias que ya existen en diversos estados de Venezuela y en países como Estados Unidos, Canadá, Argentina, Chile y Brasil.

Cuando la ley se discutió en la Asamblea Nacional, en diciembre de 2010, los que favorecían esta iniciativa dijeron que los artículos 70, 118, 184, 300 y 308 de la Constitución contemplan la libertad de establecer nuevas formas de actividad económica y la necesidad de crear mecanismos para descentralizar la gestión pública mediante la participación directa de las comunidades