Los parlamentarios de la Asamblea Nacional continúan con la segunda discusión del Proyecto de Ley para la Regulación y Control de los Arrendamientos de Viviendas, instrumento jurídico que ya cuenta con 142 artículos aprobados.
Este reglamento responde a la iniciativa popular, estableciendo sanciones de manera uniforme, tanto para el inquilino como para el arrendador.
En las sesiones anteriores, el presidente de la Comisión de Administración y Servicios, diputado Diosdado Cabello (PSUV/Monagas) explicó que con esta Ley no se busca acabar con el mercado inmobiliario, como lo han asegurado algunos factores de la derecha, que a su juicio, ven la vivienda como un tema de mercado.
“Estamos constituyendo una ley para que todo aquel que tenga una vivienda sepa cómo alquilarla y a quién, sin ningún tipo de restricción”, sentenció.
Subrayó que actualmente se han llevado a cabo 14 mil desalojos en el país, por lo que han propuesto que sean revisados todos los casos, aunque no sea materia de la legislación.
La propuesta establece una metodología para determinar los cánones de alquiler, ordena la regularización de inmuebles de vieja data y precisa un porcentaje de descuentos para la venta de las viviendas en función de los años de arrendamiento.
Además, ordena la creación de un fondo para la protección del inquilino y el pequeño arrendado, elimina la consignación de depósitos y fija en tres años la duración mínima del contrato. Establece también que los costos a cancelar por concepto de alquiler dependerá del tamaño, la antiguedad y la vivienda.
Debate del Proyecto de Ley sobre Donación y Trasplante continúa este jueves
En sesión ordinaria de la asamblea nacional se debatió más temprano el proyecto de Ley sobre Donación y Trasplante de Órganos, instrumento legal que ya tiene 40 artículos aprobados.
En la sesión de este martes, los asambleístas acordaron suprimir los artículos 54 y 55. Además, fue diferido para este jueves 27 de octubre, el debate de las Disposiciones Transitorias, Derogatorias y Finales.
El proyecto de Ley de Donación expresa que la persona con intenciones de donar órganos o tejidos, antes de fallecer, dejará expresado por escrito su voluntad en cualquier documento personal. Asimismo, establece que la condición necesaria para que los órganos sean de utilidad, es que al posible donante de los órganos se le haya decretado muerte cerebral o encefálica y que todo el organismo continúe con vida, sostenida por medios mecánicos.
Como punto de interés, esta Ley contiene un nuevo artículo que incluye la participación del Poder Popular en las políticas, planes y programas de promoción, educación, investigación y otras actividades que contribuyan con la procura, donación y trasplante de órganos, tejidos y/o células.
Asimismo, establece que las instituciones y entes del Estado promoverán y facilitarán la participación ciudadana, y el control social en materia de trasplante de órganos fundamentados en los términos de esta Ley y su reglamento.
Con información de AVN y AN