Mientras el gobierno venezolano prepara el régimen de traslado de productos hacia Colombia, estos son los rubros que no se pueden trasladar al país vecino:
- Alimentos frescos o procesados.
- Medicamentos y otros productos farmacéuticos
- Material médico-quirúrgico.
- Bebidas en todas sus presentaciones.
- Productos para limpieza del hogar.
- Insecticidas domésticos y sus similares.
Esta es la prohibición que entró en vigencia este lunes, de acuerdo con el artículo 1 de la Gaceta Oficial 40.351, del viernes 7 de febrero de 2014.
El Ejecutivo deja abierta, además, la posibilidad de incluir en esta lista otros artículos que crea necesario para disminuir el contrabando (bachaqueo) que se produce en la frontera entre ambas naciones.
Cuerpos militares y policiales son los encargados de vigilar el cumplimiento de la normativa, cita la Gaceta Oficial, en la cual también se establecen atribuciones de fiscalización de cargas.
Diez ministerios son los encargados de establecer cuáles serán las regulaciones para el envío de cualquiera de estos productos a Colombia: Alimentación, Salud, Industrias, Comercio, Defensa, Transporte Terrestre, Agricultura y Tierras; Ciencia, Tecnología e Innovación; Economía, Finanzas y Banca Pública, además de la cartera de Relaciones Interiores, Justicia y Paz.