(Nota de Prensa).- De acuerdo con la providencia administrativa N°056/2014, de fecha 17 de octubre de los corrientes, las usuarias y usuarios de estacionamientos y garajes públicos, en todo el territorio nacional, cuentan con la regulación del precio máximo de la prestación de este servicio.
El artículo 4 de esta providencia establece que deberán exhibirse en lugares visibles para los usuarios, listas o carteles con los precios máximos establecidos, así como el horario del servicio, la denominación social del local, la indicación del tipo o categoría de estacionamiento, además de la advertencia que “En este estacionamiento su vehículo cuenta con póliza de seguro de responsabilidad civil general con cobertura garajista”.
A los efectos de la normativa se definen: Estacionamientos estructurales (mecánicos y no mecánicos), estacionamientos no estructurales, terrenos descubiertos, locales con estructuras, instalaciones permanentes así como la modalidad de tarifas planas o únicas.
Los precios máximos publicados a los cuales hace referencia la presente providencia no incluyen el Impuesto al Valor Agregado (IVA) según el artículo 5.
Respecto a estacionamientos no estructurales, el precio máximo por la primera hora o fracción adicional a 30 minutos (Bs./Hora) se fijó en Bs. 5,6 para vehículos livianos y, de 6,4 bolívares para vehículos de carga. La fracción menor o igual a 30 minutos se fijó en 2,2 bolívares para vehículo liviano, mientras que para vehículo de carga es de 2,5 Bs.
En cuanto al precio máximo por puesto fijo para vehículo liviano es de 480 Bs. para vehículos liviano y de Bs. 560 para vehículo de carga.
Recordemos que el pasado 18 de agosto el Ejecutivo nacional instaló mesas de trabajo para fijar precios a estacionamientos, luego de que el Superintendente Nacional de Precios Justos, Andrés Eloy Méndez, sostuviera una reunión con la Asociación Nacional de Propietarios y Administradores de Garajes y Estacionamientos (Anpage).